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Elogio de la mentira: la cuestión catalana

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Advertencia: Los acontecimientos que están viviéndose en Cataluña se sustentan en buena parte, como pretende explicar esta Discusión, en palmarias falsedades, muchas de ellas de carácter histórico. Por ello he intentado ofrecer al lector un Apéndice que, con el título «Fechas, hechos y personajes en la historia de Cataluña», recoge esencialmente hechos contrastados y no manipulados. Pido de antemano disculpas por algún posible error, en todo caso no intencionado.

Afirmo, para comenzar, que no me duele –muy al contrario– reconocer la semejanza del título de estas modestas reflexiones con la famosa obra de Erasmo y ello por una doble razón: primero, porque en ocasiones su libro se tradujo como Elogio de la estulticia –y de esto ha habido mucho en el llamado «pleito catalán»– y, segundo, porque su autor se mostró siempre como un firme defensor del libre albedrio frente a la dogmática defensa del sometimiento de este a la voluntad divina. Y en estos meses los gobernantes catalanes no sólo han intentado confundir a propios y extraños con sus mentiras, sino que, además, han impuesto un ambiente inquisitorial sobre quienes osaban contradecir sus falsedades. Pero hecha esta declaración inicial volvamos al asunto que provoca estas reflexiones.

El domingo 1 de octubre, Cataluña vivió una experiencia traumática minuciosamente preparada por su Gobierno autonómico y sus aliados radicales –en el Parlamento y en la calle–, que cristalizó en el intento de celebrar por la fuerza un referéndum tan ilegal como la ley que lo amparaba y la que pretende preparar la transición hacia una república independiente catalana en el seno de la Unión Europea. La culposa inhibición de la policía autonómica hizo inevitable la actuación de las fuerzas de seguridad del Estado en un intento, técnicamente mal planteado y defectuoso en su puesta en práctica, de mantener el orden público. Las violentas tensiones observadas en las ciudades y pueblos catalanes fueron desproporcionadas para los flacos resultados arrojados por las urnas. Según los datos facilitados por el Gobierno autonómico, votó el 42% de un censo de cuya fiabilidad nadie responde, absteniéndose, en consecuencia, el 58%, es decir, una mayoría más que respetable. Estas cifras son menores que las registradas en la  «consulta participativa» del 9 de noviembre de 2015 y menguarían si se calculasen sobre el último censo electoral válido, pues, en tal caso, el «Sí» no llegaría al 37%. ¡Y con esas cifras pretende proclamarse ahora la independencia!

1 de octubre, Barcelona

¿Cómo hemos llegado a tal despropósito? No sólo conviene tener a mano fechas y hechos, sino que se impone recordar los hitos y las ideas en los cuales se asientan los falsos agravios que, repetidamente esparcidos, han acabado por conformar el relato oficial que dos millones de ciudadanos catalanes, votantes del «Sí» el pasado 1 de octubre aceptan como verdades inconmoviblesRecomiendo al curioso lector el libro compuesto por las cuatro aportaciones de Josep Borrell, Francesc de Carreras, Juan-Jose López Burniol y Josep Piqué, titulado Escucha Cataluña. Escucha España, ya recensionado en esta revista, así como las tres entregas del blog de Manuel Arias Maldonado, Lo posible anterior, igualmente publicadas en estas mismas páginas.. Ejemplos sobran, pero baste con citar las más sobresalientes distorsiones de la verdad: por ejemplo, el olvido deliberado del reconocimiento constitucional a un amplísima autonomía de la nacionalidad, la lengua, la educación y la cultura catalanas, así como la atribución de amplias competencias exclusivas de todo género, a fin de reclamar unos supuestos derechos a decidir y a la autodeterminación inexistentes tanto en el Derecho positivo español como europeo, acompañados por unos reiterados agravios económicos y financieros que ningún tipo de análisis y de datos apoyan, pero que se combinan en el pinturero eslogan «España nos roba», popularizado por Artur Mas en su etapa como presidente de la Generalitat, a todo lo cual se añade la promesa de inmensas ventajas, comerciales y fiscales, que aparecerían por arte de magia al día siguiente de izar la estelada en la Plaza de San Jaime.

Estos son, sin embargo, los episodios más recientes de la larga historia de una relación muy difícil que muchos creyeron felizmente resuelta con la Constitución de 1978 y que el paso de los años ha revelado ser un doloroso wishful thinking, si se me permite esta vanidad coloquial. Diseñado inicialmente el modelo autonómico como un federalismo asimétrico que reconocía a las llamadas «nacionalidades históricas» (País Vasco y Navarra, Cataluña y Galicia) el acceso rápido a una autonomía muy extensa, el oportunismo del PSOE apadrinó una reacción andaluza y el consiguiente «atajo» desde la vía general del artículo 143 al régimen especial del artículo 151 y de la Disposición Transitoria Segunda, dando lugar a los Acuerdos Autonómicos de 1981. Pero el difícil equilibrio que el paso de los años consiguió establecer en el diseño autonómico de principios de la década de los ochenta voló por los aires en 2006 con la aprobación del discutidísimo Estatuto Catalán, pues este, y sus émulos valenciano y andaluz, quebraron la naturaleza política del esquema descentralizador y, como afirmó un destacado constitucionalista, cambiaron la finalidad del federalismo, que no es otra que construir Estados sólidos, por la de destruirlos.

Ahora bien, no fue el del acceso a la autonomía el único problema que nos deparó la construcción de la Constitución. En efecto, la distribución de competencias exclusivas recogida en su artículo 149 a favor del Estado sufrió un desgarre fatídico cuando el 152.2 permitió la transferencia o la delegación de algunas de ellas a las Comunidades Autónomas. Esa autorización, combinada con una Ley Electoral que asegura a los partidos nacionalistas su presencia –aunque sea mínima– en el Congreso de los Diputados, ha permitido que frecuentemente los gobiernos de la nación se vean obligados a negociar acuerdos claramente contrarios a los intereses generales, pero beneficiosos para ciertos territorios concretos. No cesan ahí los problemas, ya que el modelo de descentralización escogido lleva consigo un sistema de financiación difícil, tanto más cuanto que, al amparo de la Disposición Adicional Primera, los territorios forales gozan de un régimen de financiación claramente privilegiado, y ello no sólo por su singularidad, sino también porque los sucesivos gobiernos de la nación, ya fuesen socialistas o populares, han aceptado métodos de cálculo que amplían a favor de aquellos las diferencias en gasto por habitante respecto a las de las restantes autonomías, empezando por Cataluña.

Era evidente que, con esos mimbres, un político hábil –y Jordi Pujol lo era en grado sumo– gozaba de una gran ventaja. Durante su largo reinado como presidente de la Generalitat –veintitrés años– pudo representar, primero, el agradecido papel de nacionalista integrador de Cataluña en la España constitucional y autonómica para, simultáneamente, ir construyendo una nacionalidad excluyente para los catalanes que no llevasen viviendo en esa tierra quinientos años como él, tal y como le advirtió a una dirigente socialista catalana carente de tan ancestral arraigo. Este proceso está bien descrito en el libro de Josep Borrell et al., sobre todo si se confrontan las diferentes perspectivas de Francesc de Carreras y Juan-José López Burniol. Siguiendo una táctica de manual, Pujol utilizó sus tres mayorías absolutas y cuatro relativas para, manejando la lengua, la educación, la cultura y los medios informativos, poner en práctica una estrategia basada en una inyección creciente de ideología nacionalista y caudillaje personal capaz incluso de aprovechar episodios inicialmente comprometedores para él, como el caso Banca Catalana, para cimentar un apoyo enfervorecido a su persona y a la idea de país que representabaAños después, y desprovisto del manto del poder, su confesión ?realizada el 25 de julio de 2014? de haber ocultado en el extranjero dinero, procedente, al parecer, de la herencia de su padre, le ha despojado del título de «Muy Honorable»..

Pero la historia no es casi nunca tan sencilla, pues a esa construcción de «hacer país», por utilizar una expresión pujolista, colaboraron políticos y partidos nacionales que demostraron un vicio muy común entre quienes han ocupado el poder en estos años: a saber, la visión a corto plazo. Así se explican, por ejemplo, delegaciones de competenciasEl presidente Aznar ?que confesó hablar catalán en la intimidad? aceptó en la conocida como famosa «cena del Majestic» la delegación de ciertas competencias de la Guardia Civil en favor de la policía autonómica. Esas y otras competencias se confirmaron definitivamente, en el Estatuto de 2006, durante el mandato de José Luis Rodríguez Zapatero. ¡Júzguese en estos días las consecuencias de aquella cesión! o la paulatina desaparición en Cataluña de instituciones y símbolos representativos del Estado español. Pero acaso más grave fue el compromiso del secretario general del PSOE –y luego presidente del Gobierno–, José Luis Rodríguez Zapatero, en plena campaña de las elecciones autonómicas catalanas, de apoyar «la reforma del Estatuto que apruebe el Parlamento catalán». Posiblemente pocos confiaban que el joven político leonés llegaría a la Moncloa cuatro meses después. Se iniciaba así una nueva etapa en la construcción nacionalista catalana con la discusión y aprobación de un Estatuto postulado por el entonces presidente de la Generalitat, el socialista Pasqual Maragall, pero que casi nadie consideraba necesario y que, por añadidura, se apartaba de la posición oficial de su partido recogida en la «Declaración de Santillana». Finalmente el Estatuto fue aprobado en junio de 2006 con una abstención de casi el 51% del electorado, pero fue recurrido por el Partido Popular ante el Tribunal Constitucional al mes siguiente, lo cual dio lugar a dos hechos relevantes: una enconada lucha en el seno del tribunal para alcanzar una sentencia enormemente discutida, incluso en términos de técnica constitucionalLa sentencia, exhaustivamente analizada, por ejemplo, en el número 15 (octubre de 2010) de la revista El cronista del Estado Social y Democrático de Derecho, provocó un rechazo enorme en los medios oficiales catalanes, que llegaron a propagar la peregrina idea según la cual el Tribunal Constitucional carecía de legitimidad para juzgar el Estatuto una vez que este había sido aprobado por las Cortes, el Parlamento Catalán y refrendado por el electorado. Además, como bien se dice en el ensayo de presentación del número, a cargo de Santiago Muñoz Machado, el Tribunal acudió al recurso, ampliamente utilizado, de salvar no pocos artículos del Estatuto de la tacha de nulidad radical abusando del recurso de la «interpretación conforme»; en otras palabras, de «forzar la voluntad del legislador y el espíritu y la sistemática de la norma […] sustituyéndola por su propio arbitrio». En su voto particular, uno de los magistrados del Tribunal Constitucional sostuvo que el Estatuto sobrepasaba holgadamente lo que la Constitución definía como Estatuto y que, en realidad, el Parlament actuó como poder constituyente. Recuérdese, en todo caso, que el Estatuto consta de 223 artículos, 15 disposiciones adicionales, 2 transitorias, 1 derogatoria, 4 finales y un Apéndice; en total, 162 páginas en la versión oficial en castellano publicada por la Generalitat., y un inesperado pacto entre el presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, y el jefe de la oposición en Cataluña, el convergente Artur Mas, en el cual el primero se comprometió a impedir la candidatura de Maragall en las siguientes elecciones autonómicas a cambio del apoyo de CiU al nuevo Estatuto y a su gobierno en el Congreso y Senado nacionales.

Recuperado el poder por CiU en las elecciones de noviembre de 2010, el nuevo president, Artur Mas, aceleró el proceso de construcción nacional y, una vez roto el supuesto pacto constitucional entre Cataluña y España ?otra fantasía nacionalista?, por el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, y rechazada la petición de otorgar a Cataluña un régimen fiscal parecido al Concierto Vasco, el nacionalismo convergente va a ir inclinándose hacia un independentismo decidido que incluía, si era preciso, destruir la mencionada lealtad constitucional, desobedecer leyes y decisiones judiciales, y construir aceleradamente las estructuras de un Estado catalán independiente. CiU y Artur Mas irían perdiendo su mayoría en sucesivas elecciones convocadas para fortalecerla, hasta llegar a las calificadas de «plebiscitarias», en septiembre de 2015, en las que la coalición formada por el Partit Demòcráta Europeu Català (PDeCAT), Esquerra Republicana y otros pequeños grupos políticos, con el nombre Junts pel Sí y la Candidatura de Unidad Popular (CUP) aprobarían en noviembre de 2015 una resolución declarando solemnemente «el inicio de un proceso de creación de un Estado independiente en forma de república», así como la apertura de un proceso constituyente cuyo broche lo han puesto ?los pasados días 6 y 7 de septiembre? la aprobación de las leyes de referéndum y de desconexión, en fragrante burla de todo tipo de normas legales y desobediencia a los tribunales.

Comenzaba estos comentarios resumiendo las primeras impresiones que me habían sugerido el desarrollo de la caótica e ilegal votación del 1 de octubre, incluida la inefable escena de la iglesia de un pequeño pueblo en la cual se combinaron la celebración de la misa y el recuento de papeletas –efectuado en el lado de la Epístola– mientras el sacerdote –vivo retrato de un personaje valleinclanesco? animaba a los fieles a cantar a gritos para que la Policía Nacional respetase aquel sagrado recinto. Ya bien entrada la noche aguardé impaciente los resultados del peculiar referéndum, que sólo pasada la medianoche los responsables de la anunciaron urbi et orbi.

Con un 95% del censo escrutado nos enterábamos de que tan solo había votado un 42% del censo y que un 37,8% del mismo lo había hecho afirmativamente

Con un 95% del censo escrutado –cuál fuese ese censo únicamente la Generalitat y acaso algunos avisados hackers lo sepan? nos enterábamos de que tan solo había votado un 42% del censo y que un 37,8% del mismo lo había hecho afirmativamente: lo suficiente para proclamar la independencia, borrar siglos de historia y lanzar a millones de incautos engañados a la incertidumbre de una más que probable realidad de empobrecido aislamiento. No pararon ahí las actividades de los grupos de sediciosos, ya que, cuarenta y ocho horas después, buena parte de Cataluña se vio sumida en una «jornada de protesta» que en ocasiones –por ejemplo, la actuación de piquetes en carreteras interiores recordaba imágenes de la Guerra Civil que todos creíamos olvidadas? justificaban la atinada observación de Manuel Arias Maldonado en la segunda entrega sobre Cataluña publicada en su blog en Revista de Libros, a saber, que los grandes acontecimientos pueden escapárseles a muchos de sus protagonistas.

¡Y tanto! El lunes 10, Carles Puigdemont, «recogiendo las demandas de una gran mayoría de ciudadanos de Cataluña» (la cursiva es mía), proclamó la República Catalana, como «Estado independiente y soberano», incumpliendo sus propias leyes, y reclamando «a los Estados y a los organismos internacionales a reconocer la República Catalana como un Estado independiente y soberano», para, a renglón seguido, suspender «temporalmente» la entrada en vigor de tan solemne proclamación. ¡Sorpresa y desconcierto de propios y extraños! Hasta el extremo de que el presidente del Gobierno se vio obligado a requerir al muy honorable presidente de la Generalitat para que confirmase si había declarado o no la independencia «al margen de que esta se encuentre o no en vigor». A nadie se le ocultó que se daba así el primer paso para la aplicación del artículo 155 de la Constitución. Ahora bien, tres hechos acaecidos previamente habían cambiado radicalmente el curso de los acontecimientos: el discurso del rey el martes 3 de octubre; la «fuga» de grandes y medianas empresas, encabezada por el Banco Sabadell y CaixaBank; y que, por fin, la «mayoría silenciosa», tan pasiva hasta entonces, rompiera su silencio y se manifestase clamorosamente por las calles de Barcelona a favor de la unidad el domingo 8 de octubre. Como remate de tan increíble intercambio epistolar, el presidente de la Generalitat contestó el jueves 19 al presidente del Gobierno (el «Apreciado presidente Rajoy») con un breve escrito que comienza afirmando que «El pueblo de Cataluña […] decidió la independencia en un referéndum con el aval de un elevado porcentaje de los electores» y concluye amenazando con que el Parlament votará la declaración formal de independencia si el Gobierno del Estado «persiste en impedir el diálogo». Son seis breves párrafos notables porque encierran nada menos que ocho mentiras escandalosasVéase el incisivo análisis descubriendo las falsedades del escrito en «Puigdemont hace trampas a las cartas», de José Ignacio Torreblanca y Xavier Vidal-Folch, publicado en El País el 19 de octubre de 2017.. Pero acaso lo más llamativo es que su respuesta a Mariano Rajoy revela una mentalidad autocrática sintomática, ya que pone de manifiesto su ignorancia ?o su desprecio? de la separación de poderes característica de toda democracia; para él, el Gobierno dicta medidas a los tribunales o abre y cierra el Parlamento a su entera conveniencia como si de un colmado barcelonés se tratara. Quizá por ello, el Gobierno parece haber decidido que el género «Cartas a Puigdemont» ha agotado su interés y, en consecuencia, se ve obligado a poner definitivamente en marcha la aplicación del artículo 155 de la Constitución.

Parece ser que la extensión de la medida había sido objeto de constantes consultas con los dos partidos que dicen apoyarla: el PSOE y Ciudadanos. El primero, atenazado por los intereses de su par en Cataluña ?el PSC?, abogaba por una aplicación breve y muy limitada de la asunción de competencias autonómicas (¡que no equivale a una suspensión de la autonomía, como los independentistas y radicales-populistas de Madrid pretenden hacer creer!) e incluso intentó en el último momento condicionar su apoyo a la aplicación del artículo 155 a una hipotética convocatoria de elecciones autonómicas (pilotadas, ha de suponerse por quienes intentan reclamar una República Catalana). Por su parte, Ciudadanos se inclinaba por una aplicación más amplia y duradera. En todo caso, había acuerdo en la conveniencia de convocar elecciones autonómicas, aun cuando me temo que esta sea la cuestión más delicada. Al final, el acuerdo adoptado por el Consejo de Ministros del sábado 21 de octubre afirma el propósito de volver a la legalidad, recuperar la normalidad y la convivencia, asegurar la recuperación económica y celebrar elecciones, es más ambicioso de lo que se pensaba. La respuesta de los independentistas puede ser incluso temeraria –o al menos en esa dirección apunta la historia de acontecimientos pasados semejantes–, por lo cual deseo fervientemente que el Gobierno de la nación haya tomado buena nota de sus errores durante el 1 de octubre y, a semejanza de los grandes maestros del ajedrez, tenga bien pensadas sus respuestas a los diez movimientos siguientes del adversario.

En efecto, no podía descartarse totalmente que Carles Puigdemont se reservase, después de algunas nuevas pirotecnias exculpatorias, y como el último as en su manga, la convocatoria de unas elecciones autonómicas anticipadas y una declaración de independencia acelerada. En tal caso, y habiendo entrado en vigor el artículo 155, al Gobierno no le bastaría con suspender al president y al resto del Gobierno autonómico, sino que debería asegurarse el control de esas máquinas de propaganda que son TV3 y Catalunya Ràdio. Ello podría provocar, como ya se ha señalado más arriba, desórdenes públicos y no cabía descartar –como así ha sucedido? el recurso a viejos trucos históricos, como una Asamblea de Ayuntamientos y diputados electos en el Congreso y en el Parlament para instaurar así una democracia popular y asamblearia.

La segunda posibilidad consiste en que, ya en vigor las medidas adoptadas al amparo del artículo 155, el Gobierno, transcurridos unos meses y controlado el funcionamiento de la Administración autonómica, convocase elecciones. Estas, acaso, serían impugnadas ante los tribunales y, sobre todo, en la calle por los independentistas, pero lo que parece meridianamente claro es que el deseo de una aplicación del artículo 155 «muy limitada, breve y que restablezca la normalidad», que, según la prensa, es el deseo expreso del PSOE, supone una contradicción en los términos; o, dicho de otras forma, el restablecimiento de la normalidad exigirá una aplicación extensiva y firme durante un plazo más próximo a los seis meses que a los cuatro del artículo 155.

¿Por qué hago esa afirmación? He aquí las razones: si se diseñase una intervención más duradera de lo que algunos prefieren y acabase controlándose el desorden callejero, no cabría descartar que amplios sectores del PDeCAT e incluso ERC sopesaran las ventajas de librarse de un «socio» tan peligroso como la CUP y de entidades tan «cívicas, pacíficas y democráticas» ?en opinión de Carles Puigdemont? como Òmnium Cultural y la Asamblea Nacional Catalana, y concurrieran a esas elecciones. Ahora bien, lo que vaya a suceder en Cataluña está íntimamente ligado, creo, a lo que ocurra en el escenario nacional. No me parece fácil ni que la Comisión de Estudio de Modelo Territorial, arrancada al presidente del Gobierno por el secretario general del PSOE como arras de un apoyo más bien tibio a la aplicación del artículo 155, y concebida como paso previo al debate sobre la reforma de la Constitución, tenga mucho futuro, ni que a Mariano Rajoy y al PP –conviviendo con unos presupuestos prorrogados– no les tiente la idea de convocar en la primavera o comienzos del verano unas elecciones generales con el propósito de sacar réditos electorales de la solución, siquiera sea momentánea, del «problema catalán». Entramos, a la fuerza o voluntariamente, en la espinosa cuestión de la necesidad de ofrecer una solución razonable al menos a medio plazo a algunas demandas catalanas y, por tanto, en la obligada reforma de la Constitución con objeto de acomodarlas.

El plan de reunir una comisión de estudios en el Congreso que en seis meses entregue sus conclusiones a la Comisión Constitucional de la misma Cámara, para que en esta la discutan los representantes electos de los partidos me parece parsimoniosa y viciada de raíz porque, con seguridad, no habría tiempo de lograr una propuesta mínimamente aceptable con tiempo suficiente para ser aprobada antes que se agotase la presente legislatura. Y más aún si exigiese la aplicación del procedimiento recogido en el artículo 168 de la Constitución. Más prudente sería proceder al revés: es decir, convocar elecciones autonómicas en Cataluña y después generales, y encomendar mientras tanto a una comisión de expertos realmente independientes la elaboración de los estudios precisos con los que las nuevas cámaras de las Cortes Generales comenzaran a discutir unas propuestas previamente elaboradas lejos de las tensiones partidistas, tanto más fuertes e inevitables cuanto más cercanas estén las confrontaciones electorales. Permítaseme ilustrar mis temores en el supuesto de que la secuencia no sea finalmente la que acabo de dibujar, utilizando como ejemplo de la cuestión catalana el planteamiento que el Juan-José López Burniol hace en el libro ya citado más arriba.

Puigdemont hace una declaración oficial después de que el Parlamento catalán vote a favor de la independencia de España, 27 de octubre

En las setenta páginas que, con el título «El Problema Español», dedica ese autor a intentar aclarar dicha cuestión, ésta se enfoca como consecuencia de un reparto del poder fruto en una determinada «estructura territorial del Estado» que lo ha concentrado en Madrid y «en manos de un núcleo de poder político-financiero-funcionarial-mediático consolidado y renovado a través de los siglos» (pp. 196-197). Es , como otros varios que podrían ofrecerse, un retrato discutible y también aplicable, pongamos por caso, a Barcelona con respecto a Cataluña. Y a ello añadiría alguna reserva: por ejemplo, en mis muchos años de lector de periódicos nunca he contemplado –exceptúo, claro, los años del franquismo- que los diarios madrileños publicasen un editorial conjunto, como sí sucedió en Cataluña en noviembre de 2009, ni tampoco contamos en la capital del Estado con unos medios de comunicación, como es el caso de TV3 y Catalunya Ràdio, que funcionen al unísono como lo que me atrevería a calificar de instrumentos de «censura positiva» (¡y ya sabemos todos en qué sentido!), o que un club de fútbol se ofrezca como mediador en un pretendido diálogo entre el Gobierno central y el catalán. Pero si nos centramos en las propuestas concretas encerradas en una oferta de «diálogo transaccional» (pp. 199-200), no faltan ocasiones para intuir ambigüedades peligrosas: por ejemplo, el reconocimiento de la identidad de Cataluña, ya ensayado en el Estatuto de 2006 y rechazado por el Tribunal Constitucional, ¿equivale a sostener una estructura confederal de España? ¿Qué grado de exclusividad se busca en materias como la enseñanza o la lengua, utilizadas estos años como palancas separadoras? ¿En qué «topes» está pensándose para aplicar el principio de ordinalidad después de haber mantenido el Gobierno de la Generalitat la falacia de «España nos roba»? En cuanto a la consulta a los catalanes, ¿está proponiéndose una modalidad canadiense o un referéndum maquillado à la Puigdemont? Por último, ¿no convendría abandonar para siempre la idea de utilizar esa modalidad de encaje de bolillos pseudoconstitucional que es el uso de una disposición adicional, especialmente si tenemos presente las consecuencias ocasionadas por la Disposición Adicional Primera de la actual Constitución española?

Lo sucedido en el Parlament y en Senado la mañana del viernes 27 de octubre subraya las dificultades que los próximos meses encierran. El recurso al artículo 155 puede entenderse, en cierto modo, como el certificado de defunción de la Constitución de 1978. En ella se pretendió construir una lealtad constitucional que muy pronto comenzó a erosionarse y que ese día se ha derrumbado estrepitosamente. Ya nada será igual,  ni siquiera si el Gobierno de la nación triunfase en la casi imposible tarea de suturar los desgarrones que el independentismo catalán ha provocado en aquellas tierras y, probablemente, en otras muchas regiones españolas.

Para dar una respuesta atinada a estas y otras interrogantes, será preciso restablecer previamente el marco legal establecido por la Constitución y el Estatuto de Autonomía, deliberadamente quebrantado desde hace años por sucesivos gobiernos catalanes. Esas tareas requerirán más tiempo que el que muchos desean, olvidando cuán difícil es en ocasiones restaurar la verdad. La ausencia de Carles Puigdemont en el Senado y sus palabras, ante unos micrófonos y unas cámaras de televisión, en un pasillo del palacio de la Generalitat la tarde del jueves 26, al igual que su silencio, una vez más, en el trascendental momento de discutir y de aprobar el día 27 las «Propuestas de declaración» (la primera de las cuales es copia de la firmada el pasado día 10 fuera del hemiciclo, mientras que la segunda ?de carácter dispositivo? fue votada en secreto, por si acaso esa ocultación de personalidad pudiese despistar al Fiscal General del Estado), confirman que  el mentiroso miente incluso cuando intenta decir la verdad. Pero conviene no desanimarse, porque al final sólo la verdad nos hace verdaderamente libres.

Apéndice: fechas, hechos y personajes en la historia de Cataluña

878: Carlos II, «el Calvo», nieto de Carlomagno, designa a Wifredo «el Velloso» conde de Cerdaña, Urgel y Barcelona. Los historiadores catalanes le atribuyen la condición de creador de Cataluña, pues al orillar la tradición carolingia, según la cual los condes eran nombrados por el rey, legó los citados condados a sus hijos y estableció así la transmisión por herencia, limitando la intervención real a una simple sanción. Además, aprovechó la debilidad del monarca para establecer de hecho la independencia del Condado de Barcelona respecto al reino franco.

1058/1064. Ramón Berenguer I y su esposa Almodis, condesa de Occitania (casada con él en terceras nupcias) inician los Usatges, o recopilación de usos y costumbres que la historiografía catalanista considera el origen de las Cortes Catalanas, fechadas en 1283, subrayando que en ellas participaban la nobleza, la Iglesia y la oligarquía urbana, y que ello las convierte en el primer referente europeo de un órgano legislativo «protodemocrático». Sin embargo, esa afirmación (repetida por el presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, en una conferencia que pronunció en la Universidad de Harvard la pasada primavera) parece carecer de respaldo histórico firme, ya que las primeras Cortes con presencia de representantes del pueblo se celebraron en la ciudad de León en 1188, hecho reconocido por la Unesco, que concedió a esta ciudad el título de «Cuna del parlamentarismo».

1137. El 11 de agosto, la princesa Petronila, hija del rey de Aragón, Ramiro II, «el Mayor», casa con el conde de Barcelona, Ramón Berenguer IV. El 13 de noviembre, Ramiro cede su corona a su yerno que, dada la diferencia de edad con Petronila, será no solo conde de Barcelona sino, también, príncipe de Aragón. El bisnieto de este matrimonio será el rey de Aragón, Jaime I «el Conquistador» (1208-1276). Se unen así los dos territorios reales, conservando cada uno sus usos y costumbres.

1249. El 7 de abril, el Rey Jaime I de Aragón otorga a la ciudad de Barcelona una Carta Regia que establece su régimen de gobierno, y el 27 de junio escoge a cuatro ciudadanos prominentes para elegir a los Consellers que gobernarían la ciudad, instaurándose de esta forma un sistema oligárquico dependiente del rey como última autoridad.

1258. Se modifica la Carta Regia, reservándose el rey la elección del Veguer, que gobernaría la ciudad con la colaboración de ocho Consellers. Desde 1265, el Veguer y los Consellers elaborarían una lista de doscientas personas destacadas, que serían quienes eligieran a los nuevos Consellers. En la práctica se reducen a cuatro el número de Consellers y a cien el de personas destacadas o prohoms. En noviembre de 1275 se establece un presidente titulado Conseller en cap. A las reuniones del Consell no asistían ni el Veguer (representante del monarca) ni el Batlle. Esta nueva asamblea adoptaría el nombre de Consejo de Ciento y se convertiría en la práctica en el centro del poder en toda Cataluña., afianzando un sistema político oligárquico mediante el cual Barcelona ejercía el poder sobre toda Cataluña.

1524. Después que Carlos V rechazase una petición de Barcelona para comerciar directamente desde su puerto con América, dos años después se autorizó tanto a catalanes como a aragoneses que residieran en Sevilla a comerciar legalmente con América.

1640. El 12 de mayo, el pueblo barcelonés asalta la cárcel de la ciudad y libera al diputado Tamarit (arrestado por el virrey, el catalán conde de Santa Coloma) por haberle exigido que cesasen las conductas ofensivas de los soldados del ejército real en los pueblos de Cataluña, así como a otros dos Consellers. El 7 de junio (festividad del Corpus Christi) entraron en la ciudad unos dos mil segadores armados (hombres que durante la mayor parte del año vivían sin oficio alguno ni casa), añadiéndose a los quinientos que ya estaban en la ciudad. Los encontronazos e insultos con los soldados y funcionarios castellanos se enconaron, culminando con un cerco al palacio del virrey. Este, junto con su hijo, intentó alcanzar una galera genovesa fondeada en el puerto sin conseguirlo y, cuando volvía hacia Montjuich andando por la playa, cayó muerto a puñaladas por los revoltosos, que continuaron el saqueo de las casas de los funcionarios y jueces reales.

1641. Después del «Corpus de sangre», la ley y el orden desaparecieron de Cataluña y un grupo de notables de la Diputación barcelonesa, cuyos miembros más destacados eran Pau Claris, Francesc Tamarit y Josep Margarit, emprendieron negociaciones con Francia, firmándose en octubre de 1640 un acuerdo de defensa con los franceses. El 16 de enero se declararon república independiente y siete días después transfirieron el título de conde de Barcelona de Felipe IV a Luis XIII, a quien honraron con el tratamiento de «nuevo señor, justo y grande».

1642. El condado de Rosellón pasa a ser francés y los catalanes comienzan a darse cuenta de que la monarquía gala y sus virreyes son menos respetuosos de las instituciones y privilegios catalanes que los castellanos. Se inicia un período difícil que una epidemia de peste en 1650 hace más penoso. En 1651 se fragua en Lérida el alzamiento por tierra contra los franceses y Juan José de Austria corta las comunicaciones de Barcelona por mar. Después de quince meses de asedio, el 11 de octubre de 1652 la ciudad se rinde y recibe con alegría el fin de la república y la llegada de la paz.

1691. Una flota francesa compuesta por treinta y seis navíos bombardeó Barcelona durante dos días y en el verano de 1697 la asediaron combinadamente una tropa de veinticinco mil hombres, catorce galeones y unos trescientos navíos menores, ante los cuales la ciudad se rindió después de dos meses de asedio. Al ser recuperada la ciudad, el rey condecoró a la Generalitat y a los tres estados (nobleza, clero y burguesía) con el título de «Muy leal».

1700/1701. Felipe de Anjou, nieto de María Teresa de Austria y de Luis XIV de Francia, es proclamado rey de España con el título de Felipe V, cumpliéndose así el testamento de Carlos II, muerto sin descendencia y siendo jurado como tal por las
Cortes de Castilla, Aragón y Cataluña, pactándose en este caso una serie de ventajas económicas y legales.

1703/1713. Se inicia la Guerra de Sucesión y los ingleses conquistan Gibraltar en 1704. En 1705, el archiduque Carlos de Austria, el otro pretendiente al trono, desembarca en Barcelona, donde es proclamado rey con el titulo de Carlos III y de donde huyen unos seis mil catalanes partidarios del rey Borbón. En 1711, el archiduque sube al trono imperial como Carlos IV. Francia e Inglaterra firman en abril de 1713 el Tratado de Utrecht y en marzo de 1714 el de Rastatt, poniendo así fin a la guerra, pero el emperador se niega a reconocer a Felipe V como rey de España y la resistencia continúa en Barcelona y Mallorca. La primera se niega a rendirse y resiste inútilmente, intentando mantener sus fueros, algo que el comandante en jefe de las tropas de Felipe V, el inglés Duque de Berwick, no podía aceptar, pues su rey sólo había prometido preservar las leyes municipales y las civiles de carácter privado. Las principales familias barcelonesas comienzan a escapar de la ciudad y, el 11 de septiembre, Barcelona se apresta a la última resistencia, fruto del empeño personal del Conseller en cap, Rafael Casanova, que se presentó en las murallas con el estandarte de Santa Eulalia. Herido levemente, se hizo pasar por muerto cuando las tropas del duque de Berwick entraron en la ciudad, de la que huyó disfrazado de fraile para esconderse en una finca de su hijo en Sant Boi de Llobregat. En 1719 fue amnistiado, volviendo a ejercer como abogado y retirándose en 1737 para morir en Sant Boi. Su lugarteniente, Salvador Feliu de la Peña, también salvó la vida y su comercio. El 16 de septiembre, el duque de Berwick suspendió el Consell de Cent y la Diputació barcelonesa.

1716. El 16 de enero se promulga el Decreto de Nueva Planta, que reorganiza política y administrativamente Cataluña, y el 15 de octubre se implanta el nuevo régimen fiscal.

1728. Se rompe el monopolio de comercio con las Indias otorgado a la Casa de Contratación de Sevilla al fundarse la Compañía de Caracas, que desde San Sebastián comerciará con Venezuela. En 1755, la Compañía de Comercio de Barcelona inicia exportaciones catalanas a América y, diez años después, el de Barcelona es uno de los nueve puertos beneficiados por la liberalización del comercio con las principales islas del Caribe. Fue en octubre de 1788 cuando se promulgó el Reglamento para el Comercio Libre con las Indias.

1873. El 12 de febrero, los partidarios de un modelo federal de la Primera República, que se había proclamado el día anterior, establecen el Estat Catalá. El 10 o el 11 de junio –no está claro–, el presidente del llamado Poder Ejecutivo de la República, Estanislao Figueras, huye a París para salvar su vida.

1820/1922. El Arancel de las Cortes y el Arancel General, ambos de octubre de 1820, constituyen desde el punto de vista técnico la base del posterior desarrollo aduanero del siglo XIX. Les siguió el Arancel de octubre de 1825, que, a pesar de ser declaradamente proteccionista, no satisfizo a muchos sectores, que promovieron un Real Decreto, fechado el 30 de abril de 1832, que prohibía cualquier ventaja o privilegio para introducir manufacturas de algodón en España, según denunciaron las catalanas Junta de Comercio y la Comisión de Fábricas Catalanas. Los Aranceles de 8 de julio de 1841 reiteraron la prohibición de introducir en el país manufacturas de algodón, una prohibición que se atenuó levemente en la Ley de 17 de julio de 1849 al imponer topes o límites, acordados evidentemente para asegurar la pervivencia de la industria catalana. La gran excepción la constituyó el conocido como Arancel Figuerola y la Quinta Base (1869), de claro signo librecambista, que provocó una oposición frontal por parte de algunas destacadas personalidades de la región, como Pere Bosch i Labrus, y el Fomento de la Producción Nacional, fundado el 8 de marzo de ese año. El día 21 hubo una gran manifestación en Barcelona, en la que participaron no sólo los industriales textiles, sino también los obreros del Círculo de Dependientes del Comercio. La Ley de Relaciones Comerciales con las Antillas (1882) buscaba proteger la industria textil de Cataluña; ya en el siglo XX se implantaron el Arancel Salvador (1906), el Arancel Provisional Argüelles (1921) y el Arancel Cambó. Los dos primeros fueron especialmente proteccionistas, orientación que técnicamente perfeccionó el apadrinado por el político de la Lliga. En general, el proteccionismo español buscó siempre cerrar el mercado interior –y el cubano–, cediendo a las presiones de agricultores cerealistas, industriales textiles catalanes y siderúrgicos vascos, todos ellos con la propósito de buscar de capturar las rentas provocadas por esos cierres de los mercados interiores en lugar de ajustarse a la competencia internacional.

1892. En los días 27 a 29 de marzo, la Unió Catalanista, a propuesta de la Lliga, reúne en Manresa a delegados de más de ciento cincuenta poblaciones catalanas que aprueban las Bases de la Constitución Regional Catalana, también conocidas como Bases de Manresa. El documento suele calificarse por muchos historiadores como un proyecto autonomista, de sustrato corporativista y más bien tradicional, que no independentista.

1901. Enric Prat de la Riba y Francesc Cambó fundan la Lliga Regionalista y el segundo, junto con Josep Puig i Cadafalch, son elegidos concejales del Ayuntamiento de Barcelona.

1906. Enric Prat de la Riba publica La nacionalitat catalana, obra esencial para comprender el pensamiento político del nacionalismo catalanista.

1907. Francesc Cambó es elegido diputado del Congreso y Enric Prat de la Riba presidente de la Diputación de Barcelona.

1911. En diciembre de este año, los presidentes de las cuatro diputaciones catalanas presentan al jefe del Gobierno, José Canalejas, el proyecto que crearía una diputación única (la Diputación de Cataluña), que sería aprobado por las Cortes en octubre de 1912.

1913. Un Real Decreto de diciembre de ese año crea para todo el país las mancomunidades provinciales. Esa posibilidad no despierta mucho interés, salvo en Cataluña. La Mancomunidad de Cataluña fue aprobada en marzo de 1914, siendo su primer presidente Prat de la Riba y a su muerte, en 1917, Puig i Cadafalch, ambos destacados dirigentes de la Lliga. Desde sus primeros pasos, la Mancomunidad fue considerada por los catalanistas conservadores la representación de la personalidad de Cataluña y de su unidad territorial.

1917. Joan Ventosa i Calvell y Felip Rodés, miembros destacados de la Lliga, fueron los dos primeros políticos catalanistas en formar parte del Gobierno de la nación entre noviembre de 1917 y marzo de 1918. El primero como ministro de Hacienda y el segundo, de Instrucción Pública y Bellas Artes. Posteriormente, de septiembre a noviembre del último de los dos años indicados, Ventosa acompañaría a Francesc Cambó (ministro de Fomento en el gobierno presidido por Antonio Maura) en la cartera de Abastecimientos.

1918. El 28 de marzo, presidido por Antonio Maura, se forma un gobierno –que se calificaría como «Gobierno nacional»– en el cual el dirigente político de la Lliga, Francesc Cambó, se hace cargo de la cartera de Fomento. El 13 de noviembre, un grupo de políticos de tendencia republicana, entre los que se contaban los catalanes Marcelina Domingo y Juan Moles, constituido en el Ateneo de Madrid como «Federación Republicana», presentan en las Cortes una proposición cuyo primer artículo declaraba lo siguiente: «El Congreso concede a la región de Cataluña la autonomía integral». El 6 de noviembre cae el Gabinete Maura y se reanuda la campaña por la autonomía integral de Cataluña con un plebiscito entre los ayuntamientos catalanes, el 98% de los cuales votan a favor de la autonomía y cuyas aspiraciones se vierten en unas Bases que el día 20 de dicho mes expone Francesc Cambó en la Academia de Jurisprudencia de Madrid. El 3 de diciembre cae el Gobierno liberal de García Prieto, incapaz de encontrar una postura común que respondiese a las demandas catalanas, y es sustituido por otro presidido por el conde de Romanones. En la discusión parlamentaria, celebrada el 10 de diciembre, el proyecto de Bases presentado por los catalanistas sufre fuertes ataques y un rechazo frontal resumido en la frase del anterior jefe de Gobierno, Antonio Maura, con las siguientes palabras: «Se ha delimitado [en las Bases] la Región amojonando al Estado». El proyecto es retirado por los catalanistas dos días después, pero el día siguiente, el 13 de diciembre, el Gobierno ofrece la creación de una Comisión Extraparlamentaria de la que formarían parte nueve parlamentarios catalanes junto con las figuras más destacadas de la política nacional, y que se consagra en un Real Decreto publicado el 18 de diciembre. El día 21 se reúnen en el Palacio de la Generalidad los diputados y senadores catalanes en el Congreso, así como los provinciales. Los grupos de la Izquierda presentan una proposición según la cual la Asamblea de la Mancomunidad se declaraba constituyente con el mandato de redactar antes del 10 de enero de 1919 el Estatuto de Autonomía de Cataluña. La minoría de izquierdas impone la renuncia de sus miembros como componentes de la Comisión Extraparlamentaria y los diputados catalanistas moderados, para no ocasionar, en palabras de Cambó, la ruptura del bloque catalán, adoptan la misma postura. El resultado fue que en el Congreso se enfrentaron dos proyectos de autonomía de Cataluña: el elaborado por la Comisión Extraparlamentaria (materializado en unas Bases publicadas por el Gobierno de Romanones como proyecto de ley el 20 de enero de 2019) y el proyecto de Estatuto elaborado por la Asamblea de la Mancomunidad y aprobado el 25 de enero del mismo año.

1919. El 18 de febrero, los parlamentarios catalanes presentan en el Congreso de los Diputados una proposición incidental que, en caso de ser aprobada, «invitaría» al Gobierno a someter a referéndum en las cuatro provincias catalanas el Estatuto de Autonomía elaborado por la Mancomunidad y los representantes en Cortes de Cataluña. Rechazada la propuesta, y cuando incluso los representantes de la Lliga estudiaban iniciar una «resistencia civil», estalla la conocida como «la huelga de la Canadiense», que inmediatamente degeneró en un movimiento que combinaba una subversión republicana y un grave conflicto social. Comenzada el 5 de febrero, concluyó el 19 de marzo, poniendo fin a la campaña por la autonomía.

1921. Antonio Maura vuelve a formar gobierno en agosto con el problema de Marruecos (que se resolvería cinco años después bajo la dictadura de Primo de Rivera) como máxima prioridad y en el cual la Lliga vuelve a estar presente con Francesc Cambó como ministro de Hacienda. Durante su mandato se aprueban dos leyes de gran trascendencia económica, financiera y comercial: la Ley de Ordenación Bancaria (que provocaría la transformación del Banco de España en un auténtico banco central) y el Arancel Cambó (que, con diversas modificaciones, estuvo vigente desde 1922 hasta comienzos de la década de los sesenta).

1931. El 14 de abril, Francesc Macià, actuando de facto como jefe de Gobierno, proclamó la República Catalana dentro de la Federación Ibérica. Tres días después, los ministros del Gobierno Provisional de la Segunda República, Lluís Nicolau i d’Olwer, Marcelino Domingo (ambos catalanes) y Fernando de los Ríos, negocian en Barcelona un acuerdo con Macià en virtud del cual, a cambio de renunciar a su propósito, el Gobierno Provisional se compromete a presentar en las futuras Cortes un proyecto de estatuto de autonomía y el reconocimiento de que en el futuro el Gobierno de Cataluña se denomine Generalitat.

1932. El 13 de mayo, José Ortega y Gasset pronuncia en las Cortes un extenso discurso en el cual, aceptando el proyecto de estatuto para Cataluña, manifiesta su escepticismo respecto a que esa norma autonómica sea la solución al problema del nacionalismo catalán, problema que, a falta de solución, será preciso «conllevar». Dos semanas después, el 27 de mayo, Manuel Azaña apoya decididamente el proyecto de estatuto. El 2 de agosto del año anterior, el conocido como Estatuto de Nuria fue refrendado por el electorado catalán 
exclusivamente masculino– y el 9 de septiembre de 1932, es aprobado por las Cortes Generales por 334 votos a favor y 24 en contra, firmándolo en San Sebastián el presidente de la Segunda República, Niceto Alcalá-Zamora.

1934. El 6 de octubre, en plena huelga revolucionaria, el presidente de la Generalitat, Lluís Companys, proclama «el Estado catalán de la República Federal española». El Gobierno de la República declara el estado de guerra y Companys es detenido poco después por las fuerzas militares del general Domingo Batet. Encarcelado, juzgado y condenado a treinta años de prisión por rebelión por el Tribunal de Garantías Constitucionales, es amnistiado por el gobierno salido de las elecciones generales de 1936. Simultáneamente, las instituciones autonómicas (Parlamento y Generalidad) que habían sido suspendidas recuperaron sus competencias.

1938. El entonces Generalísimo de los Ejércitos, Francisco Franco, deroga, horas después de tomar Lérida, el Estatuto de Cataluña.

1977. Gracias a un acuerdo con el presidente del Gobierno, Adolfo Suárez, el presidente de la Generalitat en el exilio desde 1954, Josep Tarradellas, vuele a España y mediante un decreto es reconocido como presidente de la Generalitat, haciendo su entrada triunfal en la Ciudad Condal el 23 de octubre de este año. Permanece como presidente hasta mayo de 1980, cuando es sucedido en el cargo por Jordi Pujol, vencedor en las elecciones autonómicas.

1980. El día 1 de enero entra en vigor la Ley Orgánica 4/1979, de 18 de diciembre, que recoge el primer Estatuto de Cataluña sucesor del aprobado por las Cortes de la Segunda República. Con un porcentaje de participación del 59,6%, fue apoyado por el 88,1% de los votantes.

1965/1988. Jordi Pujol se incorpora como consejero a Banca Catalana (antigua Banca Dorca) en 1965. El banco emprende una ambiciosa política de adquisiciones o absorciones de otras pequeñas entidades, pero en 1977 Pujol dimite de su cargo en el consejo de administración para dedicarse a la política en Convergencia Democrática de Cataluña, aun cuando conserva un paquete de acciones. La crisis del sector bancario de la década de los setenta hace aflorar una difícil situación en Banca Catalana, que comienza a estar estrechamente vigilada por el Banco de España a partir de 1980. En 1982, la situación del banco es insostenible y el banco emisor decide que la única solución es sanearlo y venderlo. En septiembre de ese año, Banca Catalana es intervenida, haciéndose cargo de ella el Fondo de Garantía de Depósitos, que acaba adjudicándosela a un grupo de bancos, siendo finalmente absorbida por el Banco de Vizcaya en 1984. En mayo de ese mismo año, la Fiscalía de Barcelona presenta una querella por diversas irregularidades en la gestión, entre las que destaca la venta por la familia Pujol de un paquete de acciones en 1982 y su donación a una fundación sin respetar el derecho de otros accionistas a ejercer el derecho de tanteo y retracto. Ese mismo mes, en que CiU gana las elecciones autonómicas con mayoría absoluta, se presenta una querella contra veinticinco exdirectivos de Banca Catalana, entre ellos Jordi Pujol, quien el 30 de mayo, al finalizar una manifestación multitudinaria que lo acompañó desde el Parlament a la Generalitat, acusó al Gobierno central de cometer –con la querella? «una jugada indigna». A comienzos de julio, el Tribunal Supremo se inhibe a favor de la Audiencia de Barcelona, que en enero de 1986 decide no querellarse contra el presidente de la Generalitat, pasando el caso a la jurisdicción ordinaria. Esta, a su vez, sobresee la causa en enero de 1988, quedando así archivada sin encontrar culpables de la caída de Banca Catalana.

2003. El 13 de noviembre, el secretario general del PSOE, José Luis Rodríguez Zapatero, durante un acto de las elecciones autonómicas que vuele a ganar CiU, promete su apoyo a la reforma del Estatuto catalán que apruebe el Parlament. Al no conseguir la mayoría suficiente los nacionalistas, una triple alianza entre el Partido Socialista de Cataluña, Esquerra Republicana e Iniciativa por Cataluña, los Verdes (ICV), permite al candidato socialista Pasqual Maragall acceder a la presidencia de la Comunidad e incluir en su programa la promesa de reformar el Estatuto de 1979.

2003. El 14 de diciembre, días antes de ser nombrado, Pasqual Maragall, presidente de la Generalitat, el PSC, ERC y ICV firman un acuerdo, conocido como el «Pacto del Tinell», en un anexo del cual rechazaban toda posible negociación, pacto de gobierno o acuerdos de legislatura con el PP, tanto en la Generalitat como en el ámbito estatal. Textualmente: «se comprometen a impedir la presencia del PP en el gobierno del Estado y renuncian a establecer pactos de gobierno y pactos parlamentarios estables en las Cámaras estatales».

2004. Después del atentado más sangriento registrado en España, cometido en Madrid, el candidato socialista José Luis Rodríguez Zapatero gana las elecciones generales celebradas el 14 de marzo.

2006. El 18 de junio se celebra el referéndum que aprueba el nuevo Estatuto de Cataluña, que es aprobado por el 73,9% de los votos emitidos y un 20,76% en contra. La abstención fue del 50,9%. El 31 de julio, el PP presenta ante el Tribunal Constitucional un recurso de inconstitucionalidad y el 1 de noviembre se celebran elecciones autonómicas, en las cuales, aunque CiU consigue la victoria, la coalición formada por PSC, ERC e ICV apoya al socialista José Montilla como presidente de la Generalitat.

2009. El 26 de noviembre, doce periódicos catalanes publican un editorial conjunto, titulado «La dignidad de Cataluña», en el cual se pone en duda la «legitimidad» del Tribunal Constitucional para actuar como «una cuarta Cámara» al margen de los Parlamentos español, catalán y la «voluntad ciudadana», de intentar rebajar a la baja la «complejidad española», de infravalorar los esfuerzos de solidaridad catalana con «la España más pobre» sin gozar de los privilegios fiscales de vascos y navarros y, simultáneamente, ver a menudo fiscalizada su lengua por España, concluyendo con una advertencia según la cual la sociedad catalana no permanecería indiferente a un rebaja del Estatuto por parte del Tribunal Constitucional.

1978/2006. La Constitución de diciembre de 1978 proclama en su artículo 3 que «El castellano es la lengua oficial del Estado. Todos los españoles tienen el deber de conocerla y el derecho a usarla». A su vez, el Estatuto de Cataluña de 1979, también en el artículo 3, afirma que «La lengua propia y oficial de Cataluña es el catalán, así como el castellano lo es oficial también». La Ley de Normalización Lingüistica catalana, de abril de 1983, indica que «en ningún caso se puede ser discriminado por razón de la lengua que se emplee» y que «catalán y castellano, como lenguas oficiales en Cataluña, han de ser empleadas preceptivamente por la Administración». Ahora bien, el Decreto 107/1987, de 13 de marzo, afirma que la lengua única de la Administración catalana es el catalán, sin perjuicio del derecho de los ciudadanos a recibir, si lo demandan, sus comunicaciones en castellano. Por último, el Estatuto de Cataluña, aprobado en 2006, dice en su artículo 6 lo siguiente: «El catalán es la lengua propia, de uso normal y preferente de las Administraciones Públicas. El castellano es también lengua oficial. Los ciudadanos de Cataluña tienen el derecho y el deber de conocerlas».

2010. Se publica la sentencia del Tribunal Constitucional 31/2010, de 28 de junio, referente al Estatuto de Cataluña. Se declaran anticonstitucionales catorce artículos y otros veintisiete se mantienen sometidos a lo que la doctrina califica como «interpretación conforme», a lo que se añade que, aun aprobando el Preámbulo, en el cual se incluye el término «nación», el Tribunal deja claro que carece de toda validez. El 10 de julio, una gran manifestación recorre las calles de Barcelona en protesta por la sentencia del Tribunal Constitucional y bajo el lema Som una nació. Celebradas las elecciones autonómicas en noviembre, CiU obtiene sesenta y dos escaños y Artur Mas es elegido presidente de la Generalitat. Inmediatamente exige un pacto fiscal al Estado, basándose en cálculos que señalaban una diferencia entre las aportaciones catalanas y los fondos recibidos de unos dieciséis mil millones de euros anuales, el equivalente al 8% del PIB catalán. El propósito del pacto era reducir en un 40% esa cantidad y era concebido como el primer paso hacia el derecho a decidir.

2011. El PP gana las elecciones generales con mayoría absoluta.

2012. El 20 de septiembre, el presidente de la Generalitat, Artur Mas, se reúne en el Palacio de la Moncloa con el presidente Mariano Rajoy y exige un pacto fiscal para Cataluña moldeado a semejanza de los Convenios vasco y navarro. Pocos días después, el 27 del mismo mes, el Parlament aprueba una resolución, afirmando que Cataluña, basándose en el derecho a decidir, debe aspirar a la autodeterminación. En las elecciones convocadas por Artur Mas el 25 de noviembre, CiU pierde escaños y pasa a depender de ERC para mantenerse en el gobierno.

2013. El 23 de enero, el Parlament aprueba una declaración de soberanía que el Gobierno central impugna ante el Tribunal Constitucional, que la suspende cautelarmente el 8 de mayo, anulándola definitivamente el 25 de marzo de 2014.

2014. El Congreso de los Diputados rechaza el 8 de abril la solicitud de la Generalitat de organizar un referéndum. El 26 de julio, el expresidente Pujol confiesa haber mantenido en el extranjero una considerable cantidad de dinero que no declaró a la Hacienda española. En septiembre, y después de aprobar el Parlamento catalán una ley de consultas, el president convoca un referéndum para el 9 de noviembre, que es inmediatamente recurrido por el Gobierno y que el Tribunal Constitucional, junto con todas las medidas adoptadas por el Gobierno catalán, suspende el 4 de noviembre. Aun así, y con una participación que no supera el 33%, se celebra una «consulta participativa» que el Gobierno no impide y en la cual casi un 81% de los participantes aprueba la creación de un Estado catalán independiente.

2015. El 24 de febrero, la Generalitat crea una Comisión para la Transición Nacional que es inmediatamente recurrida por el Gobierno. El 27 de septiembre se celebran elecciones autonómicas, que adoptan un carácter plebiscitario. CiU y ERC concurren bajo una coalición denominada Junts pel Sí, obteniendo sesenta y dos diputados, a los que se unen los ocho de la CUP para conformar una mayoría absoluta, aunque, conjuntamente, los votos de ambos suponen el 47,74% del total. Los resultados, veinticinco diputados, convierten a Ciudadanos en el principal partido de la oposición, por delante del PSC (dieciséis diputados) y del PP (once). Dos días después, Artur Mas y sus consejeras Joana Ortega e Irene Rigau son imputados como organizadores de la consulta del 9 de noviembre. A finales de octubre y principios de noviembre, la sede de CiU es registrada por la Guardia Civil y su tesorero es detenido en relación con el escándalo de corrupción conocido como «el 3%», que relaciona pagos de comisiones en la adjudicación y realización de obras publicas. El 9 de noviembre, y sin contar con un gobierno en la Generalitat, el Parlamento catalán aprueba una resolución que declara el inicio de un proceso que creará un Estado catalán independiente y proclama el inicio de un «proceso constituyente» que no tendrá en cuenta «las decisiones de las instituciones del Estado español, en particular del Tribunal Constitucional». Este rápidamente anula la resolución.

2016. La CUP exige la dimisión de Artur Mas para apoyar a Junts pel Sí. Después de largas negociaciones, Mas dimite y Carles Puigdemont es investido presidente de la Generalitat.

2017 (marzo). El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña inhabilita a Artur Mas, Joana Ortega e Irene Rigau, y Francesc Homs pierde su escaño en el Congreso de los Diputados en virtud de una sentencia del Tribunal Supremo.

2017 (septiembre). El presidente de la Generalitat, Carles Puigdemont, fija la celebración de un referéndum en el cual se preguntará al votante si está de acuerdo en que Cataluña sea un Estado independiente en forma de república. Los días 6 y 7 de septiembre, el Parlamento catalán aprueba, con la recomendación en contra de los letrados de la Cámara y del Consejo de Garantías Estatutarias y los votos de Junts pel Sí y de la CUP, dos leyes, la de referéndum (Ley 19/2017) y la de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República (Ley 20/2017), en una sesión tormentosa que acaba con el abandono del hemiciclo por parte de los representantes de Ciudadanos, PSC y PP, mientras que el grupo Catalunya Si que es Pot se abstiene. El 21 de septiembre, el Tribunal Constitucional suspende ambas leyes.

2017 (octubre). El 1 de octubre, en un clima de alta tensión, se abren en colegios y otras dependencias públicas y privadas (incluyendo alguna que otra iglesia) mesas con urnas, papeletas fabricadas en casa o recogidas en circunstancias improvisadas y un censo de dudosa fiabilidad para llevar a cabo las votaciones. Aquella misma medianoche, el portavoz de la Generalitat, con el 95% de las papeletas escrutadas, anuncia los resultados del referéndum declarado ilegal por el Tribunal Constitucional. Según esos datos, habría votado el 42% del censo electoral manejado por la Generalitat y el 58% se habría abstenido. Los partidarios del «Sí» supondrían el 36% del último censo electoral legal utilizado en Cataluña. Curiosamente, si se suman los porcentajes del «Sí», el «No» y los votos en blanco y nulos, el total representaría el 100,88% de los votos emitidos.

El martes 3 de octubre, el jefe del Estado, el rey Felipe IV, se dirige a la nación en un discurso de poco más de cinco minutos en el cual denuncia, primero que «determinadas autoridades de Cataluña, de una manera reiterada, consciente y deliberada, han venido incumpliendo la Constitución y su Estatuto de Autonomía […] vulnerando de manera sistemática las normas aprobadas legal y legítimamente, demostrando una deslealtad inadmisible hacia los poderes del Estado». Señala también que «es responsabilidad de los legítimos poderes del Estado asegurar el orden constitucional y el normal funcionamiento de las instituciones» y concluye afirmando que, aun cuando están viviéndose momentos difíciles, los superaríamos. El 5 de octubre, completado el recuento definitivo, la Generalitat aumenta en un 1% el número de votos emitidos, es decir 23.793 votos más. Se reducen los votos en blanco y los nulos, pero el número de los síes aumenta en 23.894 votos, esto es, 101 votos más que el total de los recontados con el 95%. En definitiva, sin datos oficiales proclamados por una Sindicatura Electoral, según exige el art 4.4 de la Ley de Referéndum, anulada por el Tribunal Constitucional en su sentencia del 17 de octubre, la participación fue del 43% y los votos a favor de la independencia supusieron el 38% de un censo, como se ha indicado, de más que dudosa validez.

El 10 de octubre, en una sesión del Parlamento solicitada por el presidente de la Generalitat, este declara la independencia de Cataluña, según dispone la Ley de Transitoriedad Jurídica y Fundacional de la República Catalana, pero, a continuación, suspende esa declaración para abrir un período ?cuya duración no se fija? para entablar «un diálogo sin condiciones». El miércoles 11, el jefe del Gobierno requiere al presidente Carles Puigdemont que aclare si declaró o no la independencia, dándole de plazo hasta el lunes 16, como paso previo para iniciar la aplicación del artículo 155 de la Constitución. Pero horas antes de expirar el primer plazo concedido en el requerimiento del Gobierno al presidente de la Generalitat, este responde alegando, primero, una larga serie de agravios cometidos por el Gobierno central y pidiendo «se revierta la represión contra el pueblo y el gobierno de Cataluña» y, después, propone un diálogo para concretar «lo antes posible una reunión que nos permita explorar los primeros acuerdos». La respuesta del presidente del Gobierno insiste en recordarle que tiene margen, hasta las diez de la mañana del jueves 19 para contestar «de forma clara y sencilla» al requerimiento sobre si había declarado o no la independencia y le advierte que, si no lo hace, será «el único responsable de la aplicación de la Constitución», en referencia al artículo 155 de la misma. El 19 de octubre, Carles Puigdemont contesta en un breve escrito que comienzo afirmando que «El pueblo de Cataluña, el día 1 de octubre, decidió la independencia en un referéndum con el aval de un elevado porcentaje de los electores» y concluye advirtiendo que «si el Gobierno del Estado persiste en impedir el diálogo y continuar la represión, el Parlament de Cataluña podrá proceder, si lo estima oportuno, a votar la declaración formal de independencia que no votó el día 10 de octubre». En menos de una hora, el ministro portavoz del Gobierno anunciaba la convocatoria de un Consejo de Ministros extraordinario para el sábado 22, con el fin de enviar al Senado la propuesta de aplicación del artículo 155 de la Constitución.

El sábado 21, el presidente del Gobierno anuncia las medidas adoptadas en Consejo de Ministros extraordinario convocado para implementar el artículo 155 y cuyo cumplimiento busca «volver a la legalidad, recuperar la normalidad y la convivencia, continuar con la recuperación económica y celebrar elecciones». Ese mismo día, por la tarde, convocada por Òmnium y el Asamblea Nacional Catalana, se celebra en Barcelona una manifestación que, con la presencia del Gobierno de la Generalitat y la presidenta del Parlamento catalán, protesta por el encarcelamiento de los dirigentes de ambas organizaciones, que habían sido enviados a prisión por una juez de la Audiencia Nacional, acusados del delito de sedición regulado por los artículos 544 y siguientes del Código Penal. Inmediatamente, e ignorando todo fundamento jurídico, los partidarios de la independencia, fuera y dentro de Cataluña, comenzaron a considerarlos «presos políticos». El Senado en pleno  discutió el informe de la Comisión encargada de estudiar las propuestas del Gobierno y el viernes 27  aprobó, por 214 síes frente a 47 noes y una abstención, las propuestas del Gobierno para aplicar el artículo 155 de la Constitución a Cataluña durante un período de seis meses. En un Consejo de Ministros posterior a la votación del Senado se han adoptado los primeros decretos de intervención de la Comunidad Autónoma de Cataluña, entre ellos la destitución del presidente Carles Puigdemont, del vicepresidente Oriol Junqueras y de todos sus consellers, así como la convocatoria de elecciones el 21 de diciembre. Por su parte, el Parlament, con la ausencia de Ciudadanos, el PSC y el PP catalán, aprobó en votación secreta, en este mismo día, la segunda Proposición de Resolución, que «declara el inicio y la apertura del proceso constituyente de la República Catalana» con setenta votos favorables, diez en contra y dos en blanco.

Bibliografía utilizada para la elaboración del Apéndice

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Raimundo Ortega es economista titulado del Servicio de Estudios del Banco de España. Ha sido director del Tesoro y Política Financiera, director general del Banco de España y presidente del Servicio de Compensación y Liquidación de Valores.

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