Buscar

La discutida universalidad de los derechos humanos

«The Attack on Human Rights» en Foreign Affairs

MICHAEL IGNATIEFF

Vol. 80, núm. 6, noviembre/diciembre de 2001

Human Rights as Politics and Idolatry

MICHAEL IGNATIEFF (ed.), K. ANTHONY APPIAH (ed.), DAVID A. HOLLINGER (ed.), THOMAS W. LAQUERU (ed.), DIANE ORENLICHER (ed.), AMY GUTMANN (ed.)

Princeton University Press

image_pdfCrear PDF de este artículo.

En el mundo occidental, ser hoy día de izquierdas parece requerir cierta comprensión y simpatía por los nuevos movimientos sociales, tales como el multiculturalismo y la antiglobalización. Además, el pensamiento progresista debe seguir equipado con las grandes e irrenunciables doctrinas de siempre, como la fe inquebrantable en la universalidad de los derechos humanos, tal y como aparecen en la Declaración Universal de 1948. Sucede, no obstante, que algunas de estas ideas, desarrolladas hasta sus últimas consecuencias, no son siempre total y absolutamente compatibles, conque si se quiere vivir con cierta coherencia intelectual surge la paradoja. Plantearla en sus términos más analíticos y objetivos posibles, y ofrecer soluciones para resolverla de la forma más pragmática al alcance, son los objetivos de la colección de ensayos que recoge este libro, de algo menos de doscientas páginas, debidos a varios autores, y centrados en torno a los dos principales que firma Michael Ignatieff (los restantes artículos son comentarios a los de Ignatieff –quien a su vez, los responde– que añaden poco al valor del volumen).

Escrito este exordio, tuvo lugar en nuestro país una serie de incidentes (las interpelaciones parlamentarias, con rasgado de vestiduras incluido, a Mikel Izurmendi por tachar al multiculturalismo de disgregador; los ríos de tinta malgastados con ocasión del velo o pañuelo de una adolescente musulmana; el casorio forzado que le preparaban sus padres a otra jovencita magrebí) que dejaron claro que existe un desconocimiento generalizado sobre las bases filosóficas de estas incompatibilidades, sobre todo por la ambigüedad con que se utilizan en los debates sobre inmigración y multiculturalismo términos como mestizaje, fusión, asimilación e, incluso, el propio de multiculturalismo. Entrar en el fondo de estas cuestiones nos alejaría del propósito de este artículo. Baste, pues, señalar que en el texto que se comenta y a lo largo de esta reseña, por multiculturalismo debe entenderse aquella corriente de pensamiento que propugna no sólo la tolerancia intercultural, sino que las culturas son incomparables entre sí e igualmente válidas en sus respectivas totalidades, ya que no existen valores universales, esto es, transculturales, que permitan establecer criterios para justificar por qué, por ejemplo, un sistema ético o social es superior a cualquier otro. En suma, las culturas se justifican a sí mismas.

Sostiene este conocido profesor universitario canadiense, director del Carr Center for Human Rights de la Kennedy School of Government (Universidad de Harvard), que la doctrina de los derechos humanos es ahora tan poderosa, y a la vez, tan impensablemente imperialista por su pretensión de universalidad, que entra en conflicto con corrientes de pensamiento, tradiciones culturales y creencias religiosas, incompatibles en mayor o menor medida con la Declaración Universal, y que reclaman para sí el derecho a una validez intelectual y moral equivalente a la misma. En el primero de sus dos ensayos, Ignatieff nos narra, con estilo periodístico vivaz, claro y suelto, que hace fácil y entendible la lectura, cómo un documento que, al igual que otros tratados sobre derechos humanos, se ratificó por muchos estados con la confianza de que se quedara en simples actos de piedad hacia unos individuos transidos de dolor y angustia por la reciente y apocalíptica guerra mundial –y que, por consiguiente, se ignoró durante décadas–, acabó siendo uno de los textos legales más influyentes e importantes de la historia de la humanidad. Gran parte de mérito de la enorme autoridad alcanzada por la Declaración Universal se debe a lo que nuestro ensayista llama segunda de las tres «revoluciones» propiciadas por este documento, la de los «abogados» (activistas o defensores), organizaciones no gubernamentales tales como Amnistía Internacional y Human Rights Watch, que permitió a las víctimas que sus denuncias alcanzaran eco y difusión mundial. Y aunque en un principio la eficacia de dichas denuncias no pasara de poner en la picota pública internacional a los infractores, con el tiempo se está llegando a la tercera «revolución», que consiste para el autor en la posibilidad de que tribunales internacionales persigan y castiguen efectivamente a los violadores de los derechos humanos. Naturalmente, Ignatieff, tocante a esta última «revolución», se muestra crítico con la postura de los Estados Unidos –el llamado American Exceptionalism– que impide la efectividad real de un Tribunal Internacional de Justicia. (La primera «revolución», la legal, consistió en reconocer mediante la Declaración que los individuos, y no solamente los estados, tenían sus propios derechos.) Existen textos monográficos más completos y documentados sobre la historia del movimiento de los derechos humanos, pero lo que nos narra Ignatieff es interesante, y sobra para hacerse una buena idea de la situación actual de dicho movimiento.

LOS DERECHOS HUMANOS Y LA POLÍTICA INTERNACIONAL

Aborda también Ignatieff en su primer ensayo –titulado «Los derechos humanos como política»– la relación entre nacionalismo y dichos derechos. La Declaración no contempla específicamente la autodeterminación, pero le abre la puerta al proclamar el derecho de la gente a autogobernarse y a crear sus propios universos morales, escritos en su propia lengua y enraizados en sus propias tradiciones. Mas Ignatieff mantiene una postura crítica respecto de los nacionalismos excluyentes, centrífugos y cismáticos, ya que considera que los estados tradicionales, cuando se conducen con propiedad, son los mejores defensores de los derechos humanos, un punto de vista que no comparten muchos de los activistas de la Declaración Universal («¿qué es conducirse con propiedad?», podría preguntársele al autor, «¿asumir y respetar la Declaración Universal?». Esta argumentación circular parece difícil de evitarse). Basándose en ejemplos concretos, nuestro autor pondera los posibles conflictos entre la autodeterminación de pueblos y minorías, y la estabilidad de la nación de la que forman parte. Pues, para Ignatieff, el mayor reto a los derechos humanos proviene no solamente de las tiranías, sino también de las guerras civiles y las anarquías. Se sigue, pues, que hay que tener mucho cuidado y sopesar hasta el último detalle, antes que naciones y ONG empiecen a pensar en intervenir.

Se puede argumentar a favor o en contra del pragmatismo político que mantiene Ignatieff a la hora de justificar la intervención de organizaciones gubernamentales y no gubernamentales cuando nos encontramos ante disputas en la difusa frontera entre derechos individuales y colectivos, pero siempre y cuando los principios que respaldan dicha actuación tengan sentido y sean de aplicación en ese y en cualquier conflicto, esto es, tengan un carácter universal, o lo que es lo mismo, transcultural. A analizar dicha universalidad y los ataques que contra ella se lanzan desde distintos frentes dedica Ignatieff el segundo ensayo del libro –«Los derechos humanos como idolatría»– y el reciente artículo en la revista Foreign Affaires del que damos noticia en el encabezado de esta reseña. Tres son dichos frentes: las sociedades islámicas, algunas de las economías emergentes sudasiáticas y ciertos teóricos occidentales de los movimientos sociales multiculturales y antiglobalizadores. Tienen en común estas críticas que tildan a la Declaración Universal de ser una construcción occidental de limitada aplicación en otras culturas.

Después de dar noticia de los intentos habidos de reconciliar las concepciones islámicas y occidentales de los derechos humanos (poniendo, por ejemplo, más énfasis en ciertos aspectos de la tradición de los musulmanes, como son los deberes familiares y las devociones religiosas –basándose sobre todo en la tradición islámica de tolerancia de etnias y credos–) y del escaso éxito de dichos intentos, Ignatieff analiza las profundas divergencias filosóficas entre las sociedades de musulmanes influidas por el integrismo islamista y el occidente laico. La jurisprudencia y el pensamiento político teocrático de la tradición islámica son totalmente ajenos a la secularización en que se fundamenta la Declaración Universal. Asimismo, la libertad de la mujer para elegir con quién desea formar una pareja o una familia atenta directamente contra la estructura patriarcal de las sociedades de musulmanes. En suma, aceptar la existencia de un individuo soberano y autónomo, esto es, del fundamento básico de la legalidad de los derechos humanos, es una herejía desde una perspectiva coránica (curiosamente, ciertas religiones, cuya libre práctica es un derecho recogido en la Declaración, se han mostrado como obstáculos imponentes para la adopción de la misma por parte de algunos grupos de naciones).

Para superar el rechazo de ciertas sociedades de musulmanes a la Declaración Universal –Ignatieff nos avisa del error de identificar todas las sociedades de musulmanes con el fundamentalismo islamista, y de creer que el rechazo de los valores occidentales por tales sociedades tiene siempre una base teológica común, sin tener en cuenta contextos políticos específicos de cada nación– no parece que quepan muchos compromisos, máxime si atendemos a pasadas y poco afortunadas experiencias: o se cambia dicha Declaración, o las sociedades islámicas se alejan de los fundamentalismos y llegan a algún tipo de secularización y grado de aceptación del individualismo. La postura de Ignatieff queda clara cuando escribe que allí donde las sociedades de musulmanes han conseguido una cierta modernización, crear una clase media, e incorporarse a la economía global ––Egipto y Túnez, por ejemplo– pueden surgir movimientos a favor de los derechos humanos. Posteriormente, veremos por qué el autor mantiene que el individualismo que informa la Declaración Universal es irrenunciable, mas ahora conviene señalar que, tocante a la religión y a las tradiciones culturales, la tesis de Ignatieff es la de que los derechos humanos no son incompatibles con ciertas partes de ellas. «Los derechos humanos ni deslegitiman, ni deben hacerlo, las culturas tradicionales en su totalidad», afirma nuestro autor, pero a continuación se hace patente la dificultad de nadar entre dos aguas. ¿Qué sucede cuando existe un profundo antagonismo entre derechos humanos y tradición cultural, como es el caso de la muy debatida ablación de clítoris? Surge aquí claramente el conflicto entre el derecho individual y el colectivo: si la mujer no se somete al ritual, pierde su lugar en la sociedad que exige ese precio para aceptar su pertenencia a la misma. Ignatieff da una respuesta pragmática, un tanto inclinada hacia el relativismo cultural, que no agradará a más de una feminista ni a muchos activistas de los derechos individuales. Visto que, en las sociedades tradicionales, las prácticas dañinas solo se pueden abandonar cuando toda la comunidad decide hacerlo, y que, mientras tanto, la mujer que elige por sí misma rechazar la mutilación se enfrenta al ostracismo y consecuencias peores, los activistas no deben intervenir en la decisión, sino limitarse a informar de los posibles resultados de la elección. Con paciencia y educación, presupone Ignatieff, se podrá lograr que el grupo acabe abandonando ésta y otras prácticas contrarias a los derechos humanos. El problema que resulta de este dilema permanecerá, empero, mientras dura la costumbre perjudicial para algunos individuos del grupo.

Las críticas a la universalidad de los derechos humanos que provienen del sudeste asiático se basan principalmente en el carácter excesivamente individualista y en el énfasis en la democracia de la Declaración Universal. Asevera Ignatieff que si «el rechazo a los derechos humanos de las sociedades islámicas como fruto del pensamiento occidental se puede explicar en parte por el fracaso de dichas sociedades en incorporarse a los beneficios de la economía global, el desafío asiático es consecuencia del enorme éxito económico de la región. De esta forma, por ejemplo, y en vista del sólido crecimiento económico de Malasia, sus líderes políticos se sienten suficientemente seguros para rechazar las ideas occidentales de democracia y derechos individuales a favor de la vía asiática de desarrollo y prosperidad, un camino que depende de gobiernos autoritarios y estructuras familiares autoritarias». Y aunque no exista un único modelo asiático de modernización y prosperidad económica, lo cierto es que los partidarios de los regímenes autoritarios en Asia han visto favorecidas sus posturas al constituirse en civilización alternativa a la hegemónica de los modelos occidentales.

RELATIVISMO CULTURAL Y UNIVERSALIDAD DE LOS DERECHOS

El relativismo cultural posmoderno que subyace en muchas facetas del pensamiento multicultural y antiglobalizador de Occidente, insiste, en línea con lo anterior, en que la Declaración Universal es una ficción dependiente de la tradición sobre derechos legales de Estados Unidos, Reino Unido y Francia, principalmente y, por tanto, inaplicable a otras culturas que no se basen en el individualismo liberal. Los abogados del multiculturalismo académico señalan que cada cultura, según su tradición, tiene la prerrogativa de decidir entre derechos individuales y colectivos. Es más, en sociedades multiculturales los derechos colectivos son esenciales para salvaguardar la pervivencia de cada cultura y la identidad étnica o grupal de sus miembros. Por otro lado, para ciertos ideólogos de la antiglobalización, la globalización económica destruye las economías locales, y la globalización moral –la doctrina de los derechos humanos– que sigue a continuación actúa como legitimizadora del capitalismo global. A propósito de esto último, Ignatieff ironiza señalando que «los activistas de las ONG que dedican sus vidas a desafiar las prácticas laborales de gigantes como Nike y Royal Dutch/Shell se asombrarían al saber que sus campañas en pro de los derechos humanos han favorecido, a la vez, los intereses del capitalismo global». Mas, y dada la mezcolanza de ideas y propósitos que aparentemente hay tras los movimientos antiglobalizadores, no es fácil hallar una respuesta única a estas críticas a la Declaración Universal. Ignatieff mantiene, a este respecto, que no hay que confundir el internacionalismo del movimiento de los derechos humanos con el globalismo del mercado libre y que, además, los derechos humanos son la mejor defensa contra las indecencias e indignidades del mercado libre. Pero esto no es suficiente, pues no resuelve los recelos de algunos activistas de la antiglobalización que mantienen que, incluso sin deshonestidades ni corrupciones, el mercado global es dañino a la larga para muchas culturas, al exponerlas a otras más ricas, poderosas y evolucionadas. Es más: indudablemente, existe una contradicción irresoluble –que no parece advertir Ignatieff– entre cualquier fenómeno que produzca una mayor intercomunicación e intercambio entre culturas y que facilite las migraciones generalizadas, y el conservadurismo de las supuestas e inmutables esencias étnicas, raciales o culturales que predican muchos apóstoles del multiculturalismo antiglobalizador. Solamente aceptando la evolución acordada conjunta de todas las culturas, buscando un futuro común; desmitificando nuestros distintos y, muchas veces, falsamente glorificados pasados, es posible pensar en lograr una sociedad verdaderamente abierta y pluricultural. Porque se quiera o no, las culturas van a evolucionar conjuntamente, con o sin acuerdos, pero a menos que logremos pactar un sistema ético válido para todos, nunca podremos decir si la evolución cultural en su conjunto fue para bien o para mal, sino simplemente adónde condujo a unos y otros.

La ética es una construcción de nuestros cerebros materiales y de nuestras interacciones sociales, por mucho que algunos la disfracen de verdad revelada por su respectiva deidad o piensen que la han descubierto en el universo supernatural y trascendente, del tipo kantiano, donde ha permanecido inmutable desde siempre. Ignatieff propone que es hora de empezar a pensar en los derechos humanos como parte de un lenguaje para crear la base para la deliberación sobre un posible sistema ético universal, debate y negociaciones que deberían llevarse a cabo considerando, en principio, a todas y cada una de las tradiciones éticas como moralmente iguales. Las razones que aporta de la validez de la Declaración Universal para formar parte de la construcción de ese sistema global son más de tipo pragmático que doctrinario. Así, tras reconocer que el individualismo es herencia clara de la Ilustración, asevera que es precisamente ese individualismo el que, por proteger a cada persona, sobre todo a los más débiles, de los abusos del estado y otras instituciones de poder y opresión, hace atractivos los derechos humanos no sólo a los occidentales, sino también a miembros de otras culturas (principalmente las de estructura tribal y patriarcal), razón por la que el movimiento en defensa de esos derechos se ha convertido en universal. Recurre a razones históricas –la experiencia occidental con las dictaduras nazi y estalinista, la idolatría a las naciones-estado, y las guerras que propiciaron– para justificar por qué los occidentales creen firmemente en la validez universal de estos derechos, y por lo que, más que imponerlos, los promueven para tratar de evitar que otras civilizaciones cometan los mismos errores que los occidentales. La parte más teórica de su discurso a favor del individualismo liberal se basa en las ideas de Isaiah Berlin (Ignatieff es su biógrafo) sobre las libertades «positivas» y «negativas» (definir y proscribir las injusticias y ataduras –«lo negativo»– que hacen la vida humana imposible, sin definirse por la diversidad de opciones válidas –«lo positivo»– que se pueden elegir), que él entiende que justifican las aspiraciones de universalidad moral de los derechos humanos. Dicho esto, al final de la lectura atenta de los ensayos que se comentan aquí, algunos, como yo, se quedarán con la impresión de que Ignatieff, que no es un relativista cultural à la mode, tal vez para evitar cualquier tono prepotente o de superioridad moral (nos advierte sobre el peligro de hacer de los derechos humanos una religión laica o desacralizada), parece pedir excusas porque un valor paradigmático de su cultura occidental, los derechos humanos, se pretenda convertir en parte básica, una especie de mínimo irreducible, en que cimentar un posible sistema ético de la humanidad, pese a las buenas razones que él mismo da para ello.

El relativismo multiculturalista posmoderno –creación de la cultura de Occidente, por cierto– ha puesto de moda una crítica despiadada y, a veces, hasta injusta, de casi todos los logros y valores de la civilización occidental. Bienvenida sea la crítica, pero la que se basa en el escepticismo inquisidor, en la duda metódica y racional, y en la mayor objetividad (de talante científico) posible en la búsqueda de la más completa certeza alcanzable sobre nuestra realidad y la del mundo que nos rodea. La revisión crítica del pensamiento social y político occidental evidencia que éste se ha basado, muchas veces, en falsos conocimientos y creencias, así como en ideas más o menos inventadas sobre el origen de nuestras sociedades y la historia de la evolución de las mismas. Mas no es menos exacto que lo mismo ha ocurrido en otras culturas y civilizaciones. Reconocer estos errores, y pensar que ya es hora de que busquemos un fundamento más sólido y acertado para un posible «diálogo intercultural» ––entendido en el sentido pragmático de lo políticamente factible– en busca de un futuro mejor para toda la humanidad (premisas básicas en las que no debería faltar todo lo que las ciencias naturales nos están enseñando sobre la especie humana, sus orígenes, lo que hay de común y de diferente en su naturaleza; y, sobre todo, su futuro potencial íntimamente ligado al de su hábitat mundial), será, sin duda, un importante paso hacia posiciones realistas y negociadoras para conseguir un sistema común de derechos humanos. Si no, sólo lograremos seguir como estamos, esto es, de acuerdo en estar en desacuerdo. La Declaración Universal de los Derechos Humanos, por mucho que sus críticos aleguen un exceso de influencia de la cultura occidental en ella, recoge tantos valores que han mostrado claramente su potencial transcultural ––aunque, como reconoce Ignatieff, no siempre hay concordancia sobre todos ellos ni sobre su interpretación, ni siquiera entre los países occidentales (piénsese en la pena capital, por ejemplo)– que deberá ser, sin duda, componente importante de esos acuerdos interculturales en busca de un sistema ético y político lo más común posible.

image_pdfCrear PDF de este artículo.

Ficha técnica

11 '
0

Compartir

También de interés.

Economía para todos, incluso intelectuales y políticos

Cuenta José Pla en la segunda edición (1957) de su Madrid 1921, un dietario que yendo…