Buscar

Estado de derecho y justicia popular

image_pdfCrear PDF de este artículo.

El otro día, hablando de todo lo que pasa, un jurista de mucho peso me hizo dos pronósticos asépticamente profesionales: lo mismo Bárcenas que Urdangarín saldrán ilesos de las causas que tienen pendientes con la justicia. Esto no conviene a nadie, ni a la Corona, ni al sistema de partidos, ni significa en absoluto que esos dos señores no hayan hecho muchas de las cosas detestables que la opinión les atribuye. Pero unas veces defectos de forma en la instrucción de la causa, y otras el carácter objetivo de las evidencias y piezas de convicción, podrían impedir que el malo –por llamarlo de alguna manera: no reúno sobre el asunto más información que la muy desordenada que publican los medios– reciba su merecido. ¿Decepcionante? Sí. ¿Evitable? Según y cómo. Veamos, por ir haciendo boca, qué ha de entenderse por «carácter objetivo de la evidencia».

El primer gran hecho es que ni yo, que no soy jurista, ni la mayor parte de ustedes, que tampoco lo son, están en situación de determinar cuándo una evidencia es objetivamente suficiente para que un imputado acabe en la ergástula –tomo el término de los mafiosos sicilianos–. Tendemos a pensar que si faltan veinte mil euros de la sucursal del banco X en la calle Y de la ciudad Z, y un empleado con acceso a la caja fuerte se gasta veinte mil euros apostando a las carreras de caballos un día antes de ser detectada la merma, ese señor se enfrenta a indicios que lo incriminan seriamente. Ahora bien, ignoramos qué sentenciará el juez, o si sólo condenará al empleado en el supuesto de que la evidencia incriminatoria se vea acompañada de datos complementarios: números de serie de los billetes, etc. Nuestros criterios se inspiran, en proporciones indeterminables, en el sentido común y lo que hemos aprendido de las teleseries estadounidenses. El sentido común es una guía insuficiente, ya que mucha gente que parece culpable no lo es; y las teleseries no son un punto de referencia, pongámoslo así, arrolladoramente fiable. De modo que el ciudadano fía el asunto a la superior experiencia de los jueces. ¿Hemos terminado? ¡Quiá, no! A decir verdad, tampoco comprendemos a carta cabal qué significa «la superior experiencia de los jueces». Les propongo dos interpretaciones alternativas:

1) El juez conoce, mejor que el ciudadano común, la relación causa/efecto entre ciertas conductas y un hecho: en este caso, un hecho criminal.

2) El juez conoce, mejor que el ciudadano común, cuándo está autorizada la ley a estimar que un hecho es un hecho… criminal.

Se trata de dos cosas por entero distintas. En el primer caso, estamos suponiendo que el juez se encuentra especialmente dotado (por años en el ejercicio de su profesión; por los medios de que dispone, etc.) para imaginar, a partir de una información fragmentaria, qué ha sucedido realmente. En el segundo caso, suponemos que el juez se encuentra especialmente dotado para describir el hecho de autos en términos legalmente pertinentes. Lo que esto quiere decir, en esencia, es que la ley encierra una serie de figuras –A, B y C– que sólo son aplicables si el hecho se caracteriza de determinada manera. Un hecho no caracterizado legalmente es un hecho opaco desde el punto de vista de la ley: es un hecho con el que, legalmente, no sabemos todavía qué hacer. No habrá otra entonces que reconstruir el hecho de tal modo que podamos determinar si satisface, o no, A, B y C. En caso de que sí, se apiola al imputado. En caso de que no, se le da suelta. El juez entiende en estas cosas, y es, sin duda, el que más entiende de estas cosas. Y esta peculiar destreza es la que lo convierte en juez. Por supuesto, es imprescindible también que no sea un zopenco en el negocio de deducir hechos a partir de evidencias fragmentarias. Pero esta habilidad corresponde más a la policía que al juez.

Cuando se habla de las garantías que proporciona la ley, o, como dicen los anglos, de las garantías que dispensa the rule of law, se está aludiendo parcialmente a esto. También está haciéndose referencia, es obvio, a que no es lícito recoger la evidencia de cualquier modo. Si se pincha un teléfono sin orden judicial, o se extrae una confesión bajo tortura, la evidencia es inválida y el proceso debe declararse nulo, o lo que sea. Pero sigamos con lo menos obvio. ¿Por qué constituye una garantía el que un hecho sólo pueda ser objeto de sentencia cuando ha sido estructurado conforme a un conjunto de figuras contempladas en los códigos? La cuestión se comprende mejor adoptando el punto de vista del ciudadano, el cual, por definición, es un imputado en potencia.

Aunque no sea jurista, el ciudadano no es un retrasado mental, y puede ver, o entrever, o sospechar, en qué figuras es posible que incurra si se comporta de tal o cual manera. Y como lo sabe, o semisabe, sabe igualmente hasta dónde puede llegar sin que lo empapelen. Por eso el imperio de la ley es condición sine qua non de la libertad: ser libre en una república (empleo el idioma de los clásicos) equivale a saber de qué margen de maniobra dispone uno para moverse por ahí sin sufrir la represión de la autoridad. Por esto, también, acostumbramos a contrastar los Estados de derecho con los regidos por un poder arbitrario. El Estado de derecho nos permite a los ciudadanos jugar a la rayuela, quiero decir, ir saltando de una casilla a otra, en la seguridad de que nadie nos echará la zarpa si no pisamos una raya (siguiendo la analogía: si no violamos una ley). El poder arbitrario corre las rayas que hay dibujadas en el suelo a voluntad, de resultas de lo cual nadie sabe cómo tiene que saltar para que no le echen la zarpa, salvo rendirse incondicionalmente al poder. En el primer caso, hay libertad. No en el segundo. En el segundo, sólo queda bailarle el agua al autócrata.

¿Están ustedes de acuerdo? Si sí, piénsenlo dos veces, porque tienen motivos para no estar completamente de acuerdo con lo que acabo de decir. En efecto, he dicho:

1) La ley es compleja, y lo responsable es dejarla en manos de los jueces.

2) La ley proporciona garantías en la medida en que da al ciudadano la oportunidad de prever cómo enjuiciará aquélla sus actos.

«1)» y «2)» no son compatibles: primero se supone que el ciudadano es ignorante, y a continuación se da por sentado que no lo es. Afortunadamente, en la práctica, esta incompatibilidad no es integral. Sabemos, vagamente, lo que se puede hacer. Las más de las veces, lo que vagamente sabemos queda confirmado por las sentencias judiciales. Cuanto más confirmen los jueces lo que creemos saber, más dispuestos estaremos a delegar en ellos la resolución de hechos que afectan a nuestra vida diaria. En siendo la coincidencia muy alta, admitiremos incluso sentencias que ocasionalmente contradicen lo que nos sugiere el sentido común. Es la situación ideal en un Estado de Derecho, una de cuyas funciones más preciosas es proteger al ciudadano de las certidumbres no siempre impecables que el sentido común inspira.

¿Y si los jueces, con una frecuencia alta, fallan sentencias que nadie comprende? Entonces se debilita la justicia, no sólo por no ser justa, sino porque dejará de contar con el apoyo de los ciudadanos. El Estado de derecho entra en decadencia, y pasamos a otras cosas, por lo común desagradables.

Cuando se afirma, y se afirma constantemente, que la justicia es un desastre en España, se está diciendo algo tremendo. Algo mucho más preciso que cuando se habla, sin más, de la decadencia de la democracia. O siendo exactos: se está formulando una de las premisas que destruyen la democracia. El horno no está para bollos. Dicho sea sin ánimo alguno de prejuzgar cómo deben ser tratados Bárcenas o Urdangarín. Deben ser tratados, faltaba más, con todas las de la ley. Ni un punto arriba, ni un punto abajo.

image_pdfCrear PDF de este artículo.

Ficha técnica

5 '
0

Compartir

También de interés.

Toque a degüello (y II)

Desde luego, la idea de que el mal –el origen del mal– está relacionado…

El laberinto territorial español

En un libro cuyo título evoca aquel de Gerald Brenan que tanto nos ayudó…

La okupación del partido demócrata (I)

Electoralmente 2016 fue un año aciago para el Partido Demócrata. Tras los triunfos del…