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Lecciones americanas de Historia de España

Territorio o nación. Reforma y disolución del espacio imperial en Ecuador, 1765-1830

Federica Morelli

Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, Madrid

Trad. de Antonio Hermosa

310 pp.

22 €

Entre Dieu et le Roi, la République. Mexico, XVIe-XIXe siècles

Annick Lempérière

Les Belles Lettres, París

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En el verano de 1808 algo inaudito sucedió en la segunda ciudad más poblada de la monarquía española, México. Un vizcaíno de crecidos caudales ganados en el comercio monopolista y de quejosa bolsa por la mordida de la consolidación de Vales Reales de 1804 (un expolio organizado desde la corte), urdió y perpetró un golpe de Estado en el que se depuso al virrey, se nombró otro, se detuvo a miembros del Ayuntamiento y se desbarató absolutamente la prevista formación de una junta a semejanza de las que estaban formándose en la Península, según se sabía por las noticias llegadas poco antes en una barca muy oportunamente llamada Ventura. Más inverosímil resultó aún que las distintas autoridades metropolitanas que se sucedieron en la crisis española desde 1808 –Junta Central, Regencia y Cortes– bendijeran acto tan criminal. Era, en realidad, el segundo crimen político que contemplaban en poco tiempo los novohispanos, siendo el primero el cometido ni más ni menos que por la familia real al ceder la corona a un tal Napoleón Bonaparte.
«Con honor y sobrada justicia», la élite criolla de Quito proclamaría el verano siguiente la formación de una junta a semejanza también de las que se constituían en la España europea para conducir la crisis. La llegada de tropas enviadas desde Lima puso fin no sólo a dicha junta, sino también a las capitulaciones o acuerdos que aquélla había alcanzado con la Audiencia y el obispo. Dieron entonces con sus huesos en la cárcel quienes, cual aragoneses o sevillanos, habían promovido y formado una junta para tutelar la soberanía del rey Fernando. Algunos de ellos morirían cuando la multitud asaltó, un año después, la prisión en que estaban confinados.

El libro de Annick Lempérière finaliza con el relato y análisis de lo sucedido en México en el verano de 1808, y Federica Morelli abre su ensayo con las ocurrencias de Quito de los veranos de 1809 y 1810. Entre ambos libros se nos presenta reconstruido y analizado el proceso que hizo posible que hechos tan insólitos pudieran producirse en la monarquía hispana y que, en buena medida, actuó como iniciador de una serie de explosiones en cadena que conducirían en los quince años siguientes al más fenomenal proceso de formación de naciones y construcción de Estados en el mundo occidental.

Desde la primera página parece que uno de los retos del libro de Lempérière es mostrar a la historiografía política francesa que existen modos de entender el republicanismo y la modernidad política más allá de los procesos canónicos que suelen manejarse habitualmente. Más adelante se permite la autora una referencia expresa en esta crítica de la crítica: lo que Reinhart Koselleck y Jürgen Habermas han interpretado como el tránsito hacia la modernidad a través del estudio de la eclosión de los espacios público y privado como ámbitos diferenciados no debe tomarse como referencia universal. Hay realidades, como la de la ilustración católica, que se escapan a ese paradigma, donde la cuestión determinante estuvo más bien en la adaptación entre corporación y nación en el tránsito protagonizado por la ilustración y el constitucionalismo temprano. Se diría que se trata también de un juicio crítico de uno de los fundamentos con los que François-Xavier Guerra, uno de los destinatarios de la dedicatoria de este libro y referencia historiográfica ineludible, construyó su planteamiento del tránsito a la modernidad política en la monarquía hispana.

Este ensayo parece, de hecho, una constante provocación a la Academia francesa. Si lo es presentar una modernidad que no se adecua al paradigma del Estado moderno, el desafío se redobla al proponer una interpretación del Gobierno sin Estado. Abre así espacio Annick Lempérière para la propuesta central de su estudio: antes que un orden dominado por el rey y el reino, o por un ámbito creciente de dominio monárquico que irremediablemente se hace Estado, la monarquía hispana muestra un modelo de orden trinitario conformado por Dios, el rey y el público. Se trataba de un orden, en realidad, de órdenes, pues la misma trinidad podía hallarse en el ámbito de una ciudad, de un reino o provincia, o en el de la monarquía toda. En contra de lo que puede suponerse desde la perspectiva de la búsqueda del «Estado moderno», lo que trababa este complejo puzle era un proceso constante de incorporación de magistraturas, de manera que no existía solución de con­tinuidad entre el gobierno del rey y el de la república.

Se explica así el tercer reto historiográfico de este libro: existió un patriotismo republicano en el mundo hispano. Puede parecer, desde luego, una salida de tono si tenemos presente que se trata de una de las expresiones más contundentes de la política moderna aplicada a uno de los espacios más antipolíticos de la modernidad. No obstante, defiende Lempérière, fue en el ámbito urbano justamente donde se constató una mínima presencia de la monarquía en tanto que Estado real y una abrumadora ocupación del espacio por parte del «público», sobre to­do en sus manifestaciones religiosas. La crisis de 1808 mostrará de nuevo las limitaciones de este peculiar republicanismo que tuvo una fuerte expresión local, pero que no se encarnó –salvo en contadas excepciones– en cuerpos políticos de mayor radio.

Fueron conscientes de esta constitución interna de la monarquía y de sus claves quienes con más empeño quisieron reformar su gobierno durante las décadas previas a su crisis. Por paradójico que pueda parecer, como se explica en los capítulos que dedica este libro a la cuestión, las reformas que se llevaron a cabo desde los años sesenta del Setecientos en adelante consagraron la constitución corporativa de la monarquía. Fue el medio para poder implementar las reformas que se proponían llevar a efecto y el único modo de introducir unas necesarias dosis de «razón de Estado». Al fin y al cabo, fue en 1808 un claro ejemplar corporativo –Gabriel del Yermo, vizcaíno, cofrade de Aránzazu, miembro del consulado– quien apeló a tal razón para bloquear la junta proyectada desde el Ayuntamiento mexicano, con aplauso de las autoridades metropolitanas.

Este planteamiento hace especialmente atractivo el análisis que dedica este libro al estudio de las reformas en el gobierno de los reinos de Indias que se inician desde los años sesenta del Setecientos. Por un lado, llama la atención sobre la relevancia que el entramado corporativo tuvo para la implementación de unas reformas a las que siempre se les ha supuesto una vocación puramente centralista y liquidadora de cualquier forma o manifestación de identidad local. Por otro, propone interpretar el período que conduce a la crisis de la monarquía como un momento en que el descubrimiento de la economía política condujo a aceptar la posibilidad de una razón de Estado que fuera más allá de la religión, sustanciando la idea de una «ciudadanía católica». En el cruce de ambas líneas es donde adquirió sentido un concepto nuevo de público que halló en las Sociedades Patrióticas su medio ideal de desenvolvimiento.

Dado que el libro de Lempérière acepta decididamente la consideración del espacio atlántico hispano como un ámbito interrelacionado de desenvolvimiento histórico, esto es, aparcando la dicotomía aún tan cara a las historiografías hispanoamericanas entre lo americano y lo español, resulta de impagable interés para el estudio de las vísperas del proceso de crisis y desarticulación de ese espacio a partir de 1808. No obstante, y por esa misma razón, sería de sumo interés un análisis también de las formas en que se entendió a uno y otro lado de ese espacio compartido la relación entre nación y monarquía en el pensamiento ilustrado. El debate sobre el lugar de España en la «república de las letras», que tanto interesa a este ensayo, es, al respecto, un observatorio privilegiado para observar cómo en esas mismas vísperas ambos conceptos –nación y monarquía– estaban ya segregándose desde una perspectiva española –esto es, peninsular– mientras se pugnaba en la Nueva España y en otros ámbitos americanos por procurarse un lugar propio en la defensa de las «glorias de la nación española» en tanto que «españoles americanos».

¿Hasta qué punto el sueño ministerial, secundado en gran parte por la Ilustración, de distinguir nación y monarquía en beneficio del imperio se hizo realidad? Si respondemos a esta pregunta teniendo presente lo que ocurre en ese espacio atlántico durante la crisis abierta en 1808, el balance no es muy prometedor ciertamente para las esperanzas ilustradas de ser como Inglaterra u Holanda. El libro que firma Morelli, centrado sobre un área de especial interés por distintos motivos en el escenario atlántico hispano, constituye una excelente guía para la interpretación de esta cuestión historiográfica de primer orden. Al tejer la autora afanosamente una historia que utiliza los hilos de los discursos y los de las actuaciones políticas, presenta un cuadro donde el primer plano resultará muy familiar a cualquier lector interesado en la historia de España que recorre el final del Setecientos y las primeras décadas del Ochocientos. Se trata de los pueblos haciéndose cargo de la soberanía, afirmando su centralidad en la constitución esencial de la monarquía, sobreviviendo en forma de ayuntamientos constitucionales a los cambios que se operaron entonces y que transfirieron la soberanía a la nación. El análisis de los discursos que se generaron en torno al proceso de crisis demuestra, por su parte, hasta qué punto la crisis atlántica hispana conformó una comunidad ideográfica y conceptual.

El estudio de la experiencia de la crisis monárquica en el territorio de la audiencia de Quito –que acabará conformando la República del Ecuador– presenta una faz poliédrica que muestra toda su complejidad atlántica. La documentada descripción de Morelli sobre los avatares de la formación de la junta de agosto de 1810, del pacto de las «provincias» que formaban «el Estado de Quito» en 1812, de la práctica política bajo la constitución de Cádiz y de la transición hacia una república independiente muestran que estamos, en realidad, ante una historia que nos es tan propia como la de las juntas de Oviedo o Murcia, o la reunión y labores de las Cortes gaditanas. De hecho, el capítulo que dedica al estudio de la representación puede entenderse como un case study de la aplicación de nuestra primera Constitución (que, así, no resulta ya tan exclusivamente nuestra como solemos suponer). Quiénes y cómo votaban, el sufragio entendido como deber comunitario o el control local del censo sin apelación posible son temas «gaditanos» que pueden perfectamente estudiarse en Quito, como enseña este ensayo.

También la auténtica «cuestión americana» en términos constitucionales, la participación indígena en la ciudadanía, tiene aquí su capítulo correspondiente. Es aquí el empeño mostrar cómo, en contra de lo que ha solido ser afirmación entre condescendiente y cómoda, los indígenas no fueron agentes pasivos –para bien o para mal– de este proceso de cambios esenciales, sino que también diseñaron estrategias políticas propias y utilizaron masivamente las herramientas de que les proveían las nuevas instituciones. Esto es especialmente visible en el ámbito local, donde los grupos indígenas entendieron que se jugaban más claramente sus intereses. Por otro lado, la consideración de la abolición del tributo indígena –y su posterior reintroducción– permite ver la otra cara de este proceso, la que tiene una faz más europea y criolla, en la que predomina una comprensión ilustrada del indio como un sujeto perfectamente liquidable en beneficio de una identidad común cortada sobre el patrón de la de quienes fabricaban las constituciones. Que las Cortes de Cádiz entendieran que debían ocuparse específicamente de la abolición del tributo y de las formas de trabajo compulsivo de los indios –mita, yanaconazgo– constituye ya un síntoma de que, culturalmente, el indio seguía siendo para el primer liberalismo un ser extraño, pues no bastaba, al parecer, con la más genérica abolición de toda expresión de vasallaje y sometimiento por privilegio social que se había decidido inmediatamente antes de entrar a debatir la primera de nuestras constituciones en agosto de 1811.

Si con razón viene insistiéndose últimamente en la necesidad de prestar atención a la historia de España que se produjo al otro lado del Atlántico, estos libros demuestran lo útil que puede resultar para la comprensión de nuestros orígenes como nación la perspectiva de un espacio que, al fin y al cabo, es el que el primer constitucionalismo definió como la «nación española». 

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