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Ansia de rey

Universidad y sociedad corporativa. Historia del privilegio jurisdiccional del Estudio salmantino

MARÍA PAZ ALONSO ROMERO

Tecnos, Madrid

339 págs.

3.600 ptas.

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En 1768, el ilustrado Pablo de Olavide, con ocasión de proyectar un nuevo plan de estudios para la Universidad de Sevilla, observaba lúcidamente: «Parece que España es un cuerpo compuesto de muchos cuerpos pequeños, destacados y opuestos entre sí […] toda ella está dividida en porciones y cuerpos aislados, con fuero privativo, con régimen distinto y hasta con traje diferente, siendo las resultas de esta segregación, que el militar, el letrado, el colegiado, el religioso, el clérigo, sólo son lo que su profesión indica, pero jamás ciudadanos» (pág. 308). Tal era, según sus propias palabras, la «infeliz constitución» que la historia nos había dado. Prescindamos ahora del adjetivo y vayamos al sustantivo: constitución como orden y éste corporativo, porque en él los individuos son meros portadores de atributos sociales, que tienen una inmediata relevancia jurídica y agrupan a las personas formando órdenes, estados, cuerpos: organismos vivos, dotados de entidad propia, titulares de derechos. «Se era lo que jurídicamente se era», escribió una vez Tomás y Valiente para cifrar el orden social del Antiguo Régimen. El presente libro de Paz Alonso adopta explícitamente, desde el mismo título, esta perspectiva para reconstruir una parte de esa historia, la que concierne al fuero propio de los estudiantes y maestros que integraban el cuerpo universitario salmantino a lo largo de su ciclo vital.

Bienvenido sea: aunque no falten caracterizaciones de la sociedad corporativa en clave por así decir antropológica (en cuanto que dedicadas a desvelar su autorrepresentación), no abundan entre nosotros los estudios históricos empeñados en reconstruir la biografía jurisdiccional de sus elementos constitutivos –los cuerpos– analizando los conflictos y los mecanismos que hacían posible su integración en la monarquía. En este libro, Paz Alonso contempla la Universidad de Salamanca como un microcosmos de la sociedad del Antiguo Régimen, adentrándose en su historia para explicar las pautas de funcionamiento de aquel universo corporativo. Y lo hace muy bien: reconstruye de principio a fin su desarrollo orgánico, escoge en cada caso el instrumental jurídico preciso para diseccionar los testimonios documentales de la vida corporativa, y sortea los saberes (más bien las ignorancias) traslaticios consolidados por la historiografía dedicada a las universidades.

La Universidad de Salamanca es un excelente laboratorio para el trabajo que la autora se propone, aunque sólo sea porque resulta difícil imaginar un escenario institucional más enredado de poderes y más turbulento. Juzgue el lector por sí mismo: la jurisdicción universitaria nació y vivió al servicio del Estudio (esto es, para facilitar la actividad de maestros y estudiantes), pero no era corporativa (es decir, propia de la Universidad), sino eclesiástica (pontificia) y, con el tiempo, también real. La jurisdicción la ejercía el maestrescuela de la catedral de Salamanca, que actuaba a la vez como delegado del Papa y ministro real en el Estudio, y que era el «eterno intruso» en un cuerpo que tenía su propia cabeza, el rector (dotado además como tal de cierta jurisdicción propia) (págs. 13-14). Así de complejo era el modelo jurisdiccional propio de la Universidad de Salamanca.

Un modelo forjado por la historia, que sólo la historia puede explicar. La Universidad nunca se desprendió del peso de sus orígenes como centro eclesiástico de fundación real, donde Iglesia y Monarquía andaban entrelazadas por medio del derecho de patronato (que coordinaba la actuación de poderes independientes y no jerarquizados entre sí). Paz Alonso dedica los dos primeros capítulos a analizar las decisiones de los papas y reyes medievales que dieron cuerpo a este modelo y esclarece meticulosamente el intrincado proceso de aluvión por el cual el maestrescuela salmantino se convirtió en juez ordinario, ejecutor, conservador de los privilegios y cancelario de la Universidad. Obligado como estaba a transitar cada día por círculos jurisdiccionales diversos, su oficio comportaba un elevadísimo grado de conflicto: con la catedral de la que vivía, con la ciudad en que actuaba y muy especialmente, con la Universidad a la que servía.

El reinado de los Reyes Católicos fue el punto de inflexión en el complejo de relaciones que mantenían la monarquía, la Iglesia y la Universidad como corporación; a partir de entonces, la monarquía desbordaría el estrecho marco del derecho de patronato y desarrollaría una política intervencionista (capítulo 3) cada vez más acentuada a lo largo de la época moderna. La parte central, y a mi juicio más enjundiosa de la obra está dedicada a estudiar las causas, los modos y las consecuencias de tal intervencionismo regio (capítulo 4).

La política intervencionista se revela al cabo justificada por la debilidad del cuerpo universitario, colapsado por los «conflictos endémicos de un endiablado régimen institucional» (pág. 128), irreductible a esquemas administrativos, jerárquicos. Esta es la tesis de Paz Alonso: el intervencionismo regio es necesario para que la vida corporativa pueda desenvolverse, para que no perezca estancada en conflictos insolubles. La Universidad tiene «auténtica necesidad de ayuda externa», ansia de superior, «ansia de rey» (pág. 148). Esta expresión refleja la posición que ocupa el rey en la sociedad corporativa: como única instancia suprema capaz de armonizar, arbitrar y resolver los conflictos inherentes a la sociedad corporativa.

Me importa destacar que en la obra de Paz Alonso la posición de la monarquía no deriva de pronunciamientos programáticos ni se sostiene en principios dogmáticos, sino que resulta de la práctica institucional: el análisis de la actuación regia y la ponderación de su instrumentario dibujan la figura de la monarquía que se hacía presente cotidianamente en el Estudio, aunque fuese cada vez más difícil de conciliar con la mera condición de patrono (o protector) de un centro ajeno. ¿O acaso el centro era suyo? ¿Había quien pudiera determinarlo? A lo largo de todo el proceso, la misma Universidad que reclama desesperadamente o consiente solícita la intervención regia continúa aferrada a sus orígenes y de cuando en cuando reacciona corporativamente, definiéndose a sí misma como entidad eclesiástica. Sólo en la segunda mitad del siglo XVII la doctrina de iure academico se esforzó por formular en términos jurídicos la historia (es decir, por integrar las peculiaridades propias en el marco del ius commune) para elaborar un discurso alternativo, defendiendo de espaldas al Estudio y contra toda apariencia su condición regia (capítulo 5): «Un cuerpo con dos cabezas [rector y maestrescuela] y una de ellas con dos caras [eclesiástica y regia] podía ser la imagen resultante de la representación dogmática que la doctrina jurídica había encontrado para expresar en su propio lenguaje esta compleja realidad institucional» (pág. 229).

El maestrescuela había de ser un personaje muy poco atractivo mirado con ojos regalistas. La autora pone muy bien de manifiesto cómo la dinámica estatal del siglo XVIII que alienta en el llamado reformismo borbónico simplificó los términos del conflicto, pero no pudo borrar el peso de los orígenes: concordes ahora Universidad y Monarquía en realzar la figura del rector, el maestrescuela logró sobrevivir como juez universitario aferrándose a la historia, y siguió siendo lo que había sido mientras se mantuvo en pie la constitución que lo sostenía. Esa era la constitución que Olavide, en el texto que citábamos al comienzo, consideraba «infeliz»: reclamaba él ciudadanos, «porque sin éstos no se entra en la idea de nación», que quería unida y vigorosa, en la cual la universidad había de ser «la oficina pública que instituye el gobierno para educar a los hombres que han de servir al Estado». La realización de este proyecto, que exigía ya desmontar la sociedad corporativa, fue obra de los liberales y se prolongó hasta la década de 1830, con algunas contradicciones y no pocas inconsecuencias, que la autora registra en su capítulo final.

El excelente libro de Paz Alonso, escrito además en un castellano diáfano, contribuye así a desvelar las claves de nuestra constitución histórica, pues su objeto son, como escribió Tomás y Valiente, «las relaciones de poder en la sociedad del Antiguo Régimen contemplándolas no tanto en su dinamicidad episódica sino en sus principios jurídicos estables y en su entramado institucional jurídicamente considerado» F. Tomás y Valiente, en Anuario del DerechoEspañol, 63-64, 1993-1994, pág. 1257.. Un libro, en fin, que ha de interesar no sólo a quienes cultivan la historia universitaria, sino también a todos los que quieran entender mejor cómo fue la sociedad corporativa.

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Ficha técnica

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