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Utopía y realidad

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En su reciente El derecho a la existencia, Daniel Raventós hace una eficaz e inteligente, también por breve, defensa de la propuesta de asignación de un subsidio universal garantizado (SUG). El libro del profesor Raventós puede considerarse uno de los últimos eslabones de una larga cadena de propuestas afines cuya historia se remonta más allá del siglo XIX : se encuentran ya atisbos en las viejas utopías de Moro, Campanella o Bacon, el socialismo utópico francés se hace eco de la misma idea, resuena en Weitling y reaparece implícitamente en el principio distributivo comunista propuesto por Marx en su «Crítica del programa de Gotha». Tras la crisis del modelo socialdemócrata de regulación capitalista a finales de los años sesenta del siglo XX , resurge con fuerza la preocupación por el SUG y –aviso para navegantes– también la derecha política se interesa por ello, desde el mismo Friedman hasta la tecnocracia del gobierno de Giscard d'Estaing. El argumento subyacente de esta recepción neoliberal es que un SUG amortiguaría los efectos perniciosos de la «economía dual» generada por la nueva fase de regulación del sistema capitalista en un contexto de creciente globalización, haciendo económicamente viable y socialmente soportable la existencia de un sector ampliamente desregulado y precario del mercado de trabajo (servicios y trabajo manual no cualificado). Huelga decir que la línea de defensa que construye Daniel Raventós tiene que ver con preocupaciones muy distintas y, a mi entender, mucho más correctas e importantes. De hecho arranca de la formulación que en 1986 hicieran P. van Parijs y R. van del Veen en su ya clásico «una vía capitalista al comunismo»«A Capitalist Road to Communism» es el artículo de R. van der Veen y P. van Parijs que abre el debate en Theory and Society, vol. 15, 1986. El debate fue traducido íntegramente en Zona Abierta, n. os 46-47, 1988. Las referencias a partir de ahora se harán a la versión española..

La idea central es sencillísima: todo ciudadano de pleno derecho de un determinado Estado, por el mero hecho de serlo, recibe un subsidio (suficiente para cubrir un paquete de necesidades básicas: un subsidio de subsistencia [Przeworski]) de forma universal e incondicionada. Universal, esto es, para todos los ciudadanos y no restringido a los desempleados; incondicional, esto es, independientemente de su nivel de ingresos y riqueza, lugar de residencia o de que trabaje o no trabaje.

¿Por qué un subsidio universal? Esta es la pregunta que hay que responder y a la que sin ambages ni circunloquios Daniel Raventós dedica su libro. En verdad, el argumento fuerte que subyace a la propuesta del SUG es la constatación de un hecho de la realidad socioeconómica de nuestras sociedades industriales avanzadas: la persistencia del paro masivo de carácter estructural. En sí mismo este hecho sería mudo si no estuviera correlacionado con otro directamente preocupante: la pobreza en medio de la opulencia. Este es el trasfondo de la propuesta. En esencia, disociando ingreso y trabajo, el SUG no sólo haría irrelevante el paro (además de eliminar la estigmatización a él asociada) sino que erradicaría de un plumazo el problema principal: la pobreza. Además, como argumenta convincentemente Daniel Raventós (caps. 6 y 8), sería una innovación institucional mucho más eficaz para atacar ambos problemas –pobreza y paro– que otras innovaciones alternativas: la reducción de la jornada de trabajo y los sistemas de subsidios restringidos y condicionados característicos del modelo estándar de Estado del bienestar. Hay, adicionalmente, una poderosa línea de defensa consecuencial del SUG, que estaba en el centro de la propuesta de Van Parijs y Van der Veen, y a la que Raventós también da mucha importancia, a saber: el SUG sería en principio un medio muy eficaz para eliminar o al menos paliar la alienación del trabajo asalariado acercando así el mundo del trabajo a la esfera de la libertad humana. Si la necesidad de trabajar para sobrevivir queda erradicada o amortiguada, cabe esperar que la motivación dominante del trabajo sea la gratificación intrínseca de la actividad y que la autorrealización humana también se desprenda del trabajo mismo.

Ahora bien, la propuesta del SUG podría ser defendida apelando a estas dos consecuencias beneficiosas (eliminación de la pobreza y de la alienación del trabajo) y, sin embargo, no llegar a ser plenamente convincente. Y ello, básicamente, por dos razones. En primer lugar, por ser considerada injusta; en segundo lugar, por ser considerada no factible, y no por razones económicas o financieras (pues existe aquí acuerdo respecto a ese tipo de factibilidad: no obstante, y por si acaso, Raventós dedica el capítulo 7 a demostrar su viabilidad financiera), sino por razones políticas. Esta es una pregunta que ya lanzaron en el debate de Theory and Society E. O. Wright y J. Carens y que no fue adecuadamente respondida ni por Van Parijs y Van der Veen ni por el propio Raventós ahora: la muy verosímil posibilidad de sabotaje de los propietarios de capital a la introducción del subsidio mediante estrategias de desinversión y éxodos de capital. Al que sin embargo sí dedica tiempo y reflexión D. Raventós, como el propio Van Parijs 2 , es al primer problema, al de su justificación ético-social, intentando así responder también a la crítica que ya hiciera Elster: «Es injusto que personas aptas para el trabajo vivan del trabajo de otros» (pág. 127). La estrategia de Raventós es muy sencilla: considerar tres teorías de la justicia, la libertariana, la liberal igualitarista rawlsiana y la de la libertad real de Van Parijs, y ver si dichas teorías filtran la propuesta del SUG. En el capítulo 2 demuestra así que el SUG es compatible con las tres teorías de la justicia.

Claro que la justicia es sólo una virtud, sin duda la más importante, de cualquier modelo de buena sociedad, pero no es en sí misma un modelo de sociedad. Cabría, pues, preguntar lo siguiente, ¿una sociedad basada en el SUG, aun siendo justa, es una sociedad como tal deseable? Y aquí ya no bastan los principios de justicia sino que hay que incorporar otras dimensiones. No es por ello casual que en el siguiente capítulo Daniel Raventós confronte su propuesta de SUG con el modelo de comunidad política más robusto de la historia del pensamiento occidental: el modelo republicano; mucho más habida cuenta de que las tres teorías de la justicia que utiliza como filtro ético comparte un mismo tronco liberal. Es verdad que hay dos conexiones inmediatas entre SUG y un posible modelo republicano del mundo del trabajo: 1) al fortalecer la posición de retirada (fallback position) del trabajador haría que la relación laboral y el proceso de extracción de trabajo fuera menos coercitivo (la ausencia de dominación es el nervio central del republicanismo); y 2) al garantizar un nivel de suficiencia material, el SUG pone una condición indispensable de la libertad política de la ciudadanía. Pero creo que una fundamentación republicana del trabajo es más exigente, sobre todo porque apunta a su organización social. Me explico: un republicano analizará el fenómeno del trabajo en términos políticos, considerará al trabajador como integrante de un demos autogobernado, y exigirá que la organización del trabajo, sus objetivos y costes, sean el resultado de decisiones colectivas mediadas por la deliberación de ciudadanos libremente asociados. Ciñéndonos al mundo del trabajo, lo republicanamente decisivo es la concepción política del trabajo como actividad colectiva y colectivamente libre. La propuesta del subsidio tiene muchas virtudes y hemos de tomárnosla –sobre todo la izquierda– muy en serio. Pero hay que completarla ampliamente con otras exigencias. Lo que el republicanismo exige, entre otras cosas, es una democracia deliberativa y participativa, no sólo en el mundo del trabajo sino en la sociedad en su conjunto. Exige igualmente la incentivación activa por parte de los poderes públicos –mediante pedagogía política– de la responsabilidad y la virtud cívicas de la ciudadanía, desiderata éstos que la propuesta del SUG –al menos en su versión liberal– no contempla. Pero sin estos complementos republicanos no resultaría nada extravagante que el SUG desembocara en el parasitismo social.

Ahora bien, como sabe Daniel Raventós, las justificaciones ético-políticas de cualquier iniciativa de reforma institucional, como el SUG, pueden hacerse –demostrada su factibilidad– desde dos niveles de comparación: desde la utopía y desde la realidad. Con seguridad, el SUG no realiza todos nuestros ideales de buena sociedad, pero con no menor seguridad evitaría muchos males de nuestras sociedades reales (paro, pobreza, feminización de la precariedad, estigmatización social de los subsidiados condicionales, dominación y coerción en la relación laboral, etc.) y haría posibles, aunque no garantizaría, muchos bienes, como por ejemplo la expansión y dignificación de las esferas del trabajo no remunerado y del trabajo voluntario, así como un mayor nivel de autorrealización humana. La propuesta del SUG, como no podía ser menos, está creciendo en consideración e interés por parte de intelectuales, agentes sociales y hasta por partidos políticos de izquierda, más en el centro y norte de Europa que en el sur. Espero que con este estupendo libro de Raventós, que lo analiza con seriedad y profundidad, el SUG gane adeptos también entre nosotros.

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Ficha técnica

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